A.- OBJETO DE LA AYUDA |
La realización de proyectos europeos H2020 y su presentación con altas dosis de calidad, requiere un gran esfuerzo en tiempo y dedicación para los investigadores implicados. Sin embargo, estos proyectos son altamente competitivos, con ratios de éxito inferiores en muchos casos al 5-10%. El objeto de la presente convocatoria es reforzar a los investigadores que hayan presentado propuestas que hayan sido denegadas, a pesar de haber alcanzado cuotas excelentes en su evaluación, mediante la incorporación de técnicos que puedan dedicarse, bien directamente a la elaboración de nuevas propuestas en siguientes convocatorias o bien como personal investigación que permitan alcanzar resultados orientados a la preparación de nuevas propuestas del programa H2020.
Sólo podrán ser financiadas aquellas solicitudes que se correspondan con proyectos de investigación previamente registrados en el Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica. El lanzamiento de esta ayuda está condicionado a la existencia de otras convocatorias con el mismo objetivo final financiada por organismos externos. |
B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES |
A estas ayudas podrán optar aquellos investigadores que hayan presentado propuestas dentro del programa H2020 que habiendo sido denegadas, hayan conseguido altas cotas de calidad. Para ello se exigirá, en proyectos de H2020, una media mínima de 4, en los criterios de Excelencia e Impacto ( en los proyectos de dos fases) y Calidad y eficiencia de la implementación ( en los proyectos de una fase). En proyectos ERC, se exigirá una calificación mínima de B. Otras proyectos de H2020, deben suministrar la documentación necesaria que acredite su excelencia. En ultimo caso, el VTIT realizará una normalización de las propuestas atendiendo a su calidad basado en el informe de evaluación emitido, pudiendo financiar las mejores propuestas enviadas y evaluadas, si reúnen los requisitos de calidad necesarios, en el año natural anterior a la convocatoria, sometido siempre a la disponibilidad presupuestaria. |
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA |
Los contratos tendrán una duración máxima de un año. |
D.- IMPORTE DE LA AYUDA |
La ayuda va destinada a la contratación de personal con cargo a capítulo VI, por tanto el importe de la ayuda será el correspondiente a los gastos derivados de dicha contratación.
A su vez os candidatos a estos contratos deben poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o extranjero no comunitario con residencia legal en España. La retribución anual de estos contratos será la que figura en las tablas salariales para figuras de personal técnico/investigador contratado para el desarrollo de proyectos de investigación científica o técnica a través del contrato por obra y servicio determinado de la Universidad de Cádiz. |
E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar |
Las solicitudes deben incluir:
– Propuesta H2020 e informe de evaluación – Memoria justificativa de la actividad a realizar por el técnico. |
F. EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES |
La CI será la encargada de evaluar y resolver las solicitudes presentadas, comunicando su resolución en el plazo máximo de un mes. |
G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA |
En el plazo de 30 días naturales desde la finalización del contrato, se presentará una memoria justificativa de las actividades realizadas por el gestor o técnico contratado. |
H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS |
El investigador solicitante de la ayuda para contratar personal de apoyo:
1. Deberá mantener la vinculación con la Universidad de Cádiz hasta la finalización de la realización de la acción solicitada 2. No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio de Transferencia de la UCA 3. No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas. |
I.- UNIDADES RESPONSABLES |
Unidad académica responsable: VTIT.
Unidad gestora responsable: SPRE. |