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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

1.4. FPI-UCA: Contratos Predoctorales asociados a Proyectos de Investigación

1. OBJETIVO

Incentivar la realización de una Tesis Doctoral en la UCA, en cualquier área de conocimiento científico, mediante la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva de contratos pre- doctorales para la formación de Doctores, bajo la modalidad de contrato predoctoral, de Personal Investigador en Formación (PIF). Esta convocatoria se destina a complementar la convocatoria del Ministerio con competencias en Ciencia e Innovación vincula a Proyectos de Investigación del Plan Estatal.

2. CONDICIONES

Los proyectos serán definidos por la CI en función de las actuaciones del presente plan propio, y se publicarán en el portal europeo EURAXESS, en cumplimiento de la estrategia de Capital Humano Investigador vinculada al sello de excelencia europea otorgado a la UCA por la Comisión Europea.
La selección de proyectos responderá a lo siguiente:
  • Proyectos de investigación financiados del Plan Estatal en su convocatoria de proyectos de investigación “Orientada y No Orientada”, en los que la UCA sea entidad beneficiaria, y en los que, habiendo solicitado un contrato predoctoral, no hubiese resultado concedido en la resolución.
  • Proyectos de investigación asociados a investigadores beneficiarios del programa Ramón y Cajal que se incorporen a la UCA, o que hayan sido beneficiarios del mencionado programa, y que se incorporen como profesores dentro de la tasa del 15% a la UCA.
  • Proyectos de investigación asociados a investigadores del Programa EMERGIA, siempre que aporten al menos un 50% de la cofinanciación de los mismos con cargo a la ayuda concedida.
  • Con carácter excepcional, otros proyectos de investigación qué a consideración de la CI, y en virtud del marco presupuestario y normativo del presente plan o de programas externos, puedan desarrollarse en la UCA y requieran la incorporación de un investigador predoctoral.
A su vez, las convocatorias financiaránla contratación laboral, durante un Periodo de Orientación Posdoctoral (en adelante POP) de los beneficiarios que defiendan su tesis doctoral antes de cumplir el mes 42 de contrato predoctoral, de acuerdo con los requisitos y procedimientos que se describan en las convocatorias.
Se convocarán tantos contratos como proyectos de investigación acuerde la CI en el momento del lanzamiento de la convocatoria, según disponibilidad presupuestaria. Esta convocatoria será resuelta en régimen de concurrencia competitiva, y aplicando los principios de publicidad y objetividad.
En todo caso, la concesión de los contratos queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la Resolución.
Las correspondientes convocatorias, que serán aprobadas por la Comisión de Investigación, se publicarán en el portal europeo EURAXESS, en cumplimiento de la estrategia de Capital Humano Investigador vinculada al sello de excelencia europea otorgado a la UCA.
Los y las solicitantes que resulten seleccionados tendrán la consideración de Personal Investigador en Formación, en los términos que establece el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación, y por ello podrán colaborar en tareas docentes, sin que suponga una merma de la carga docente del Departamento que asigne la colaboración, hasta un máximo de 180 horas durante la extensión total del contrato predoctoral, y sin que se puedan superar las 60 horas anuales. Los Departamentos universitarios en los que se encuadre el personal investigador predoctoral facilitarán a quienes lo soliciten, en igualdad de oportunidades, y en la medida en que sea posible, la realización de estas colaboraciones en tareas docentes.

3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • El cumplimiento de los requisitos para participar en el concurso, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de contratación del respectivo concurso.
  • Los solicitantes deberán acreditar, en el plazo de presentación de solicitudes, estar matriculados, admitidos o preadmitidos en el Programa o Programas de Doctorado de la UCA que se determine en la convocatoria, de acuerdo con la plaza a la que opten. Los estudiantes de Master podrán participar como solicitantes, si cuentan con la preadmisión al Programa de Doctorado, siempre que a la resolución de la convocatoria cumplan los requisitos establecidos para formalizar su matrícula de doctorado.
  • Nacionalidad. No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de investigadores extranjeros no comunitarios, quedará en suspenso mientras no obtengan el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 de 11 de diciembre (BOE de 12.12.2009) y disposiciones reglamentarias de aplicación.
  • No podrán ser solicitantes quienes hayan iniciado su formación predoctoral con financiación a cargo de otras ayudas destinadas a la misma finalidad, que se hayan otorgado en el marco del Plan Propio UCA 2022-2023, ni quienes ya estén en posesión del título de Doctor, por cualquier Universidad española o extranjera. Tampoco podrán ser solicitantes quienes hayan disfrutado previamente de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses.

4. DURACIÓN DE LA AYUDA

Los contratos tendrán una duración inicial de 12 meses, prorrogables por períodos anuales hasta un máximo de cuatro años, o de seis en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33%, iniciándose el cómputo desde la fecha de incorporación del investigador a su puesto de trabajo.
La actividad desarrollada por los beneficiarios será evaluada anualmente por la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. La continuidad de los contratos quede sujeta a superar favorablemente dicha evaluación, así como el cumplimiento de los demás requisitos recogidos en la convocatoria.
Si quienes resulten contratados hubiesen disfrutado de otros contratos predoctorales anteriores, la suma de duración de éste junto con los anteriores no podrá superar los cuatro años, o los seis en el caso de personas con discapacidad.
Durante el período de contrato predoctoral, las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia, y paternidad, suspenden el cómputo de la duración del contrato en aplicación del artículo 21.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Las vacantes que se produzcan dentro del primer año podrán ser cubiertas por los correspondientes suplentes que serán los solicitantes que sigan en puntuación a los seleccionados.
Los contratos predoctorales se extinguirán por las siguientes circunstancias:
  • El vencimiento de cada anualidad cuando el contrato no sea prorrogado
  • El transcurso del periodo máximo de duración del contrato
  • La salida del beneficiario del Programa de Doctorado
  • La obtención del título de Doctor por parte del beneficiario
  • Por renuncia
  • La revocación por incumplimiento de las obligaciones

Si el investigador en formación defendiera y aprobará su Tesis Doctoral antes de alcanzar los 43 meses de contrato predoctoral, y cumpliera con los requisitos que establezca la convocatoria, podrá optar a un nuevo contrato para desarrollar un Período de Orientación Posdoctoral, POP. Dichos contratos POP deberán ser a tiempo completo, por los meses restantes hasta cumplir un máximo de 48.

5. IMPORTE DE LA AYUDA

La retribución de este contrato será la establecida para las ayudas similares convocadas por las autoridades Ministeriales en las modalidades FPU y FPI. Dicha retribución no podrá ser inferior al 56 por 100 del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60 por 100 durante el tercer año, y al 75 por 100 durante el cuarto año. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La retribución de los contratos modalidad POP será un 10% superior a la prevista para la cuarta anualidad de los contratos predoctorales.
El personal investigador en formación podrá beneficiarse de las ayudas para la realización de estancias del Plan Propio de la UCA. En cualquier caso, los beneficiarios tendrán derecho a una ayuda para la realización de estancias durante el periodo predoctoral siempre que vayan dirigidas a la obtención de la Mención Internacional, y a una segunda ayuda para el período posdoctoral, consistente en una bolsa de viaje por importe de 700 € (Zona 2), 1200 € (Zona 3) o 1800 € (Zona 4). La ayuda se justificará con la presentación del certificado de estancia, y podrá hacerse efectiva tras la aportación del documento de aceptación del beneficiario en el centro de investigación.

6. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

La aprobación de la Convocatoria se realizará por acuerdo de la Comisión de Investigación en el que se recogerá el número de contratos a convocar, las características de las plazas con indicación de los proyectos a las que quedan vinculadas y los plazos y el procedimiento de presentación de solicitudes.
Toda la información referente al proceso podrá consultarse en la web del Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica.
Cada solicitante podrá presentar una única solicitud, que habrá de venir referida a un proyecto de
investigación.
El solicitante adjuntará, por el cauce que determine la convocatoria, los siguientes documentos:
  • Documento acreditativo de la admisión, preadmisión o matrícula en el Programa de Doctorado que corresponda al Proyecto.
  • Currículum Vitae, en idioma español o inglés, según el formato recogido como anexo a la convocatoria.
  • Certificación académica personal de todos los estudios realizados.
  • Declaración responsable de no estar en posesión del título de Doctor, y de cumplir el resto de requisitos de la convocatoria.
  • Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de los ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español

A efectos del proceso de evaluación, solo se tendrá en cuenta la información contenida en el Currículum Vitae y en la certificación académica presentada en la solicitud.

7. CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • Las solicitudes serán objeto de informe de evaluación científico-técnica, por parte de los investigadores principales de los proyectos de investigación susceptibles de asignación de los contratos. Cada investigador principal llevará a cabo la evaluación científico- técnica de todos aquellos candidatos que hayan solicitado la adscripción a su proyecto, de acuerdo con los criterios presentados en el Anexo II de la resolución de la CI, y elaborará, siguiendo los mismos, un informe de evaluación científico- técnica para cada una de las candidaturas.
  • La CI propondrá a la Comisión de Contratación la baremación de los candidatos, realizada con arreglo a los criterios establecidos para la misma y a la vista de los informes de los investigadores principales de los proyectos de investigación, emitiendo informe motivado. En su propuesta se enumerarán las solicitudes seleccionadas y, en su caso, las de reserva, según lo estipulado a continuación y en atención a las disponibilidades presupuestarias:
    a)Será propuesta para contratación, la solicitud que tenga mayor puntuación en cada uno de los proyectos.
    b)Se considera que, para superar el proceso selectivo, el candidato tendrá que superar el 30% de la puntuación máxima.
    c)Se presentará una relación de solicitudes de reserva para sustituir al solicitante propuesto en caso de renuncia por parte de éste, por cada uno de los contratos asociados a cada proyecto de investigación, ordenados de acuerdo a su puntuación de todas aquellas solicitudes que no hayan sido propuestas para contratación.
    d)En el supuesto de solicitudes que obtengan igual puntuación, el empate se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en su expediente académico. Si persistiera el empate, éste se dirimirá a favor del candidato que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de actividad investigadora.
  • El baremo aplicable figurará como anexo en la convocatoria.
  • Renuncias e incorporación de reservas:

Tanto, el incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de los candidatos seleccionados como las renuncias que puedan producirse de los mismos durante el primer año de vigencia de los contratos podrán dar lugar a la incorporación de candidatos de reserva, a petición de los responsables de los proyectos, respetando en todo momento lo establecido tanto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, como en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación. La nueva persona contratada completará el período que reste de contrato de la persona a la que se sustituya.

  • La incorporación de candidatos de reserva deberá realizarse de acuerdo con el siguiente procedimiento:
    a)Se comunicará la incorporación al candidato de reserva situado en primer lugar para la adjudicación del contrato en cuestión.
    b)Si la vacante no puede ser cubierta por el primer candidato reserva, se comunicará la incorporación al siguiente o siguientes reservas en la adjudicación, caso de que existan, respetando el orden de prelación de los mismos.
    c) Si la vacante no pudiera ser cubierta por un candidato de reserva del proyecto concreto de que se trate, se podrá solicitar por parte del Investigador responsable del proyecto, la incorporación de un candidato de reserva correspondiente a otro proyecto.

En los casos en los que se solicite la incorporación de un candidato de reserva correspondiente a otro proyecto, adicionalmente se deberá adjuntar un informe de evaluación elaborado por el investigador principal del proyecto de investigación, conforme a los criterios y baremos establecidos, aplicables al nuevo proyecto.

8. DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS

Con carácter general, los beneficiarios de contratos FPU-UCA tendrán los siguientes derechos:

  • Obtener de los Departamentos a los que se incorporen, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo normal de sus estudios y programas de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de aquellos.
  • Percibir la cuantía económica que corresponda a la ayuda.
  • Concurrir a las ayudas complementarias de movilidad para estancias breves y traslado temporal del Plan Propio de la UCA, con especial énfasis en las que se orienten al logro de la mención Doctorado Internacional.
  • Disfrutar de los restantes derechos establecidos como consecuencia del desarrollo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en lo relativo a los contratos predoctorales.
  • Desarrollar la colaboración en tareas docentes del departamento de adscripción, en los términos que establezca el Vicerrectorado competente.

9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  • Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación y de realización de la Tesis.
  • Ajustarse a las normas de funcionamiento de la UCA en cuanto a dedicación, funciones a desempeñar, horarios y vacaciones.
  • Realizar su labor en el Departamento, y en su caso en el Instituto de Investigación de adscripción, y conocer y cumplir las normas de seguridad y salud laboral del centro, en el marco de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Solicitar autorización al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica para cualquier ausencia temporal.
  • Cumplimentar los informes, formularios y demás documentos que, en relación con el disfrute del contrato, le sean requeridos por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, y con los que figuren en la convocatoria.
  • En las publicaciones resultantes del trabajo realizado durante el periodo de disfrute de esta ayuda, el beneficiario deberá figurar entre los autores de la misma. En la adscripción deberá aparecer la UCA y mencionar en los agradecimientos la procedencia de la ayuda recibida: “Plan Propio – UCA 2022-2023”.

10. INCORPORACIÓN

Los beneficiarios dispondrán de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión de los contratos en la página web del Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica para incorporarse a sus puestos.
Excepcionalmente, los beneficiarios extranjeros no comunitarios que para la formalización del contrato precisen trámites que no puedan resolverse en ese plazo, dispondrán de hasta 60 días hábiles.
Otras situaciones excepcionales debidamente justificadas, podrán ser valoradas por la Vicerrectora de Política Científica y Tecnológica.
La no incorporación al centro de adscripción en el plazo que corresponda, sin previo aviso, se entenderá como renuncia al contrato por parte del beneficiario.

11. COMPATIBILIDAD

Los contratos se desarrollarán en régimen de dedicación a tiempo completo, y serán incompatibles con otras retribuciones o ayudas, salvo las siguientes:

  • Complementos por tareas docentes que pueda realizar el beneficiario durante los tres últimos años de contrato predoctoral, o por tareas de investigación directamente asociadas con el proyecto formativo desarrollado por el beneficiario de la ayuda, que no resulten de otras vinculaciones contractuales distintas del contrato predoctoral, que tengan carácter no habitual, y no menoscaben o interrumpan el proceso formativo objeto de la ayuda.
  • Ayudas para asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas.
  • Ayudas para estancias breves y traslados temporales, concedidas por organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, previa autorización del Vicerrectorado de Investigación y de la Comisión Académica del Programa de Doctorado para la ausencia temporal.
  • En su caso, los beneficiarios deberán comunicar al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, que motivará si procede o no la compatibilidad.