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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

8.1. DIVULGACIÓN de la INVESTIGACIÓN y la TRANSFERENCIA. Proyectos Divulgativos

1. OBJETIVOS

Apoyar la organización de actividades de divulgación de la labor investigadora que se desarrolla en los grupos de investigación de la UCA.

2. CONDICIONES

Las condiciones de elegibilidad serán las indicadas por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que indica textualmente, “se entiende por actividades de cultura científica aquellas iniciativas de divulgación y comunicación de la ciencia que pretenden transmitir conocimientos y acercar la investigación y la profesión científica al público no especializado y fomentar la participación ciudadana en el debate científico”. En esta definición se incluyen actividades de divulgación científica como ferias, conferencias divulgativas, talleres, exposiciones, visitas guiadas, publicaciones, materiales online divulgativos, etc. Sin embargo, no se entienden como actividades de cultura científica las destinadas a difundir información científica entre público especializado (congresos, seminarios, jornadas, publicaciones, etc.), las actividades de comunicación institucional y marketing o aquellas dirigidas a fomentar la transferencia de conocimiento a la empresa”.
Serán susceptibles de apoyo todos aquellos eventos que se celebren tanto dentro como fuera de las instalaciones de la UCA, siempre y cuando el responsable de la organización de la misma sea miembro activo de la UCA.
Las actividades financiadas se vincularán a la Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i) de la UCA, perteneciente a la Red de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) del Ministerio de Ciencias, Innovación y Universidades.

3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Podrá acudir a esta convocatoria cualquier PDI o alumnos de doctorado pertenecientes a la UCA.

4. DURACIÓN DE LA AYUDA

La acción podrá llevarse a cabo tras la publicación de la resolución definitiva de esta ayuda y hasta el 15 de noviembre de la anualidad en curso (inclusive). La prórroga de esta acción será posible siempre y cuando sea autorizada por la CI y deberá ser solicitada al menos con un mes de antelación a la finalización del plazo de ejecución.

5. IMPORTE DE LA AYUDA

La cuantía de la ayuda económica máxima a percibir es de hasta 2.000€ según los criterios expuestos más abajo. Se estima un número de 5 ayudas por anualidad según disponibilidad presupuestaria.

Una misma actividad no podrá recibir más de una subvención dentro de esta convocatoria del Plan Propio – UCA 2022-2023.

Se concederá como máximo dos ayudas anuales por grupo de investigación. La actividad podrá ser impulsada por el decanato o dirección de un centro o instituto, siendo también dos el número máximo de ayudas recibidas dentro de esta modalidad. Quedarán excluidas de esta convocatoria de ayudas todas aquellas actividades que estén recogidas dentro del Plan de Divulgación de la Ciencia y del Conocimiento anual de la UCC+i.
La subvención deberá ir destinada sólo y exclusivamente a los conceptos especificados en el presupuesto presentado a esta convocatoria. En el caso de que sea necesario realizar una modificación del mismo, éste deberá ser solicitado a la CI, quién evaluará esta posibilidad.
Asimismo, se debe indicar que la ayuda económica no podrá destinarse ni a gastos de carácter protocolario y representación, ni a gastos de personal ni para material inventariable (muebles, material de laboratorio, material electrónico o de otro tipo superior a los 300€) sin permiso expreso de la CI. De igual forma, no se podrá gastar más de un 30% de la ayuda concedida en artículos de promoción (“merchandising”), dípticos, folletos, Roll-ups, cartelería, impresión o materiales para impresión de cartelería o acciones similares que sea de carácter publicitario.
Adicionalmente a lo anterior, los beneficiarios de esta ayuda cuyas propuestas incluyan al menos 1 socio de las instituciones que conforman la Universidad Europea de los Mares SEA-EU (Christian Albrechts Universität zu Kiel, Université de Bretagne Occidentale, University of Gdańsk, University of Malta, University of Split) tendrán una ayuda adicional de 1200€/ayuda hasta un máximo de 10 proyectos.

6. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

Se realizará una única convocatoria en el primer trimestre de cada anualidad, y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de su publicación, tras resolución de la CI, la cual indicará, el presupuesto asignado, el plazo de presentación, así como cualquier detalle adicional sobre el procedimiento de presentación.
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
  • CV abreviado del solicitante.
  • Proyecto detallado de la actividad a realizar, que deberá contener específicamente la descripción de la actividad propuesta, sus condiciones y fechas de desarrollo y un presupuesto estimado de los costes de ejecución.

7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La selección de actividades a financiar la realizará la CI, tras analizar la propuesta de concesión remitida por la UCC+i. Se financiarán las propuestas según el número de asistentes y priorizando las actuaciones que destaquen por su interés divulgativo, originalidad, calidad, transversalidad, el público al que se dirige, así como la posible financiación externa que haya podido obtener tanto de organismos públicos (FECYT, por ejemplo) como entidades privadas.
La CI resolverá las solicitudes presentadas en siguiente reunión de CI que tenga lugar tras la publicación de la lista de solicitudes definitivas.
En caso de no existir dotación presupuestaria suficiente para financiar todas las iniciativas presentadas, la priorización que se realizará en la asignación de ayudas económicas para la organización de eventos ser en base a los siguientes criterios:
  • 20%: CV abreviado del solicitante (últimos 5 años).
  • 10%: Experiencia en divulgación científica del equipo de trabajo (últimos 5 años).
  • 20%: Calidad y viabilidad de la actividad que se pretende realizar en relación con los objetivos de la convocatoria.
  • 20%: Originalidad y grado de innovación de la acción.
  • 10%: Impacto real de la acción.
  • 10%: Multidisciplinariedad de la acción.
  • 10%: Vinculación a un proyecto de investigación con financiación a través de alguna convocatoria con concurrencia competitiva de carácter pública o privada y/o vinculación con alguna patente o registro de propiedad industrial o intelectual.

8. JUSTIFICACÓN DE LA AYUDA

El periodo de justificación se realizará en un plazo no superior a un mes tras la finalización de la actividad. Los beneficiarios de esta ayuda presentarán, tras la realización de la actividad divulgativa:

  • Memoria justificativa de la actividad, según modelo adjunto.
  • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
  • Resumen en un formato normalizado de la convocatoria. Para el informe económico se utilizará un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma, obtenido del programa de Gestión Económica de la UCA.
En caso de ser necesario, se solicitará al responsable de la organización de la actividad la documentación adicional que necesite oportuna al objeto de cerrar adecuadamente dicha justificación.
Los remanentes disponibles a la fecha de finalización del período de justificación serán reintegrados a los fondos correspondientes al Plan de Propio, no permitiéndose en ningún caso la imputación de cargos posteriores.

9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Los solicitantes deberán:

  • Destinar la ayuda a realizar la actividad prevista en la solicitud.
  • Coordinar y ejecutar la puesta en marcha de la actividad motivo de financiación. Se comunicará a la UCC+i las fechas de ejecución de las acciones, así como sus posibles variaciones con el objetivo de que esta Unidad pueda dar respaldo en materia de comunicación a la misma.
  • El responsable de la acción deberá facilitar imágenes de la celebración de las actividades a la UCC+i en el caso de que fuera necesario.
  • En caso de que existan convocatorias externas para el apoyo a la organización de actividades de divulgación y el responsable de la actividad haya solicitado alguna de ellas, éste debe hacerlo constar en su solicitud.
  • Con la concesión de la ayuda el solicitante accede a la publicación de dicho resumen en la memoria anual de actividades de divulgación de la UCA.
  • Asimismo, se compromete a publicitar convenientemente, durante la realización de la actividad y en el material generado para la misma, tanto al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica como a la UCC+i de la UCA.
  • El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la revocación de la ayuda y la devolución íntegra de la cuantía concedida al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica.
  • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
  • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
  • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.

Los beneficiarios de esta ayuda se comprometen a actuar como embajadores de la alianza SEA-EU, publicitando convenientemente la alianza SEA-EU durante la realización de la actividad y en el material generado por la misma.

CONVOCATORIA 2023

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 26 de mayo de 2023 y finalizará el 15 de junio de 2023, ambos inclusive.

El plazo de alegaciones finalizará el 03 de noviembre de 2023.

MODELOS