10.1. Acceso al uso de SERVICIOS CENTRALES de INVESTIGACIÓN. Financiación de Actividades
1. OBJETIVOS
Incentivar la utilización de los Servicios Centrales de la UCA de aquellos investigadores que no tengan financiación suficiente, o que no puedan justificar el uso de un equipamiento en sus proyectos activos.
2. CONDICIONES
Se financiarán las mejores propuestas atendiendo a disponibilidad presupuestaria en relación al uso de los servicios centrales que más optimice el impacto de la investigación realizada por los investigadores de la UCA.
3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Investigadores principales de los grupos de investigación inventariado en el PAIDI, adscritos a la UCA.
4. DURACIÓN DE LA AYUDA
El uso del equipamiento tendrá que realizarse y justificarse en los seis meses siguientes a la concesión de la ayuda.
5. IMPORTE DE LA AYUDA
La cantidad máxima a asignar será de 1000€, por investigador por año. Se estima un número de 10 ayudas por anualidad en función de las disponibilidades presupuestarias.
6. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
Se realizará una convocatoria dentro del primer trimestre de cada anualidad. Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
- La solicitud debe incluir la justificación de la falta de financiación para realizar la actividad
- En el caso de que el grupo no tenga proyectos activos: declaración jurada del Investigador principal.
- En el caso de que el grupo tenga proyectos activos: memoria científica de los proyectos activos con el desglose de los fondos solicitados.
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La Dirección del Servicio Central, realizará un informe indicando la pertinencia del uso del equipo/servicio solicitado. En el caso que se requiriera, se solicitará también un informe desde la CI al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica en el que se recoja la participación del solicitante en actividades de investigación con financiación. La CI evaluará y resolverá la concesión de las ayudas.
8. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
En el primer trimestre de la anualidad posterior a la concesión de la ayuda deberán presentar:
- Breve memoria del uso de los Servicios Centrales y la producción científica relacionada.
- La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Todos los integrantes del instituto deberán:
- Participar en las convocatorias competitivas autonómicas, estatales o internacionales para obtener financiación para el desarrollo de su actividad investigadora.
- No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
- No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
- Hacer constar en toda su producción científica y comunicaciones o diseminación claramente su pertenencia a la UCA, según lo establecido en el Reglamento UCA/CG16/2013, para la denominación bibliográfica de la UCA: https://bit.ly/3pjii0y.
- Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.
CONVOCATORIA 2024
- Publicación de la convocatoria: BOUCA nº 414 de 12 de julio de 2024.
- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 15 de julio de 2024 y finalizará el 3 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
ANUNCIO
- 11/11/2024: Listado provisional de admitidos y excluidos.
- El plazo de subsanación / alegación comienza el día 12 de noviembre y finalizará el día 25 de noviembre, ambos inclusive.