11.1. ACCIONES ESPECIALES de Investigación y de Transferencia
1. OBJETIVOS
Apoyar la financiación de aquellas actividades de investigación que, a juicio de la Comisión de Investigación, resulten prioritarias y de carácter excepcional, de acuerdo con los argumentos y circunstancias debidamente acreditados en la solicitud. Estas acciones excluyen aquellas actividades relacionadas con la investigación que se encuentren incluidas en el resto de las modalidades de ayudas recogidas en este Plan Propio – UCA 2022-2023 y la financiación directa de proyectos de investigación.
2. CONDICIONES
Las ayudas solicitadas deberán ser sustancialmente diferentes de las recogidas en el Plan Propio – UCA 2022-2023.
La actividad a financiar no podrá ser financiada por otra actuación del presente Plan Propio – UCA 2022-2023, y en caso de que existan convocatorias externas, será requisito que el solicitante haya realizado o se comprometa a realizar una solicitud de la misma. Tampoco se financiarán ayudas correspondientes a otras medidas de este Plan pero que no alcanzan a cubrir los requisitos mínimos.
Sólo podrá concederse 1 ayuda por investigador/año.
3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Estas ayudas consisten en la financiación total o parcial de aquellas actividades de investigación que, a juicio de la CI, resulten prioritarias y de carácter excepcional, de acuerdo con los argumentos y circunstancias debidamente acreditados en la solicitud.
4. IMPORTE DE LA AYUDA
5. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
- Breve descripción de la actividad o acción a realizar.
- Presupuesto detallado de la actividad, con justificación documental.
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN
La CI será la encargada de evaluar y resolver las solicitudes presentadas utilizando criterios de interés para mejorar la calidad de la Investigación de la UCA
7. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
En el plazo máximo de un mes tras la realización de la actividad, los beneficiarios deberán presentar:
- Memoria justificativa de la actividad realizada.
- La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
8. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Todos los integrantes del instituto deberán:
- En caso de que existan convocatorias externas que financien la actividad, el beneficiario tendrá la obligación de solicitar financiación para la realización de la misma. En caso de que esta se concediera, la ayuda concedida mediante este procedimiento se reincorporará a los fondos de financiación del Plan Propio – UCA 2022-2023.
- No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
- No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
- Hacer constar en toda su producción científica y comunicaciones o diseminación claramente su pertenencia a la UCA, según lo establecido en el Reglamento UCA/CG16/2013, para la denominación bibliográfica de la UCA: https://bit.ly/3pjii0y.
- Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.
Los beneficiarios de esta ayuda se comprometen a actuar como embajadores de la alianza SEA-EU en posibles publicaciones, trabajos u otras acciones similares derivadas de la colaboración.