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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

4.5. ESTANCIAS en la UCA de Investigadores Consolidados de Prestigio Internacional

1. OBJETIVO

Promover el intercambio y la actualización de conocimientos y metodología científica del PDI de la UCA, así como fomentar las relaciones entre los grupos de investigación de la UCA con investigadores de reconocido prestigio internacional para el desarrollo de trabajos comunes, a través de la cofinanciación de los gastos ocasionados por la estancia en nuestra universidad de investigadores con trayectorias relevantes en su campo de trabajo.

    2. CONDICIONES

    Podrán ser beneficiarios de esta ayuda investigadores adscritos a universidades y centros de investigación internacionales de prestigio que demuestren una trayectoria científica que se sitúe por encima de la media en su área de conocimiento.

    • Los investigadores deberán incorporarse a un grupo, a un instituto de investigación o a una unidad de excelencia durante el periodo de la estancia y participar en sus actividades de investigación
    • El grupo o instituto de investigación que solicite la ayuda se comprometerá a cofinanciar al 50% los gastos de la estancia.
    • Se concederá una sola ayuda de este tipo por grupo o instituto y año.
    • Se convocará un máximo de cinco ayudas por año. No obstante, la CI podrá aumentar el número de ayudas en caso de que exista disponibilidad presupuestaria.

      3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

      Podrán solicitar esta ayuda los directores de los grupos de investigación reconocidos en el PAIDI, los directores de los institutos de investigación de la UCA o los directores de unidades de excelencia con los que vaya a realizar la estancia el investigador visitante y, para ello, se comprometan a cofinanciar la estancia. También podrá realizar la solicitud cualquier profesor doctor perteneciente a estos grupos o institutos siempre que cuente con la autorización del director. El solicitante deberá tener una relación contractual permanente con la UCA.

      4. DURACIÓN DE LA AYUDA

      La duración de las estancias podrá ser de entre una semana y un mes.

      5. IMPORTE DE LA AYUDA

      El importe máximo será de 500 euros semanales para gastos de alojamiento y manutención. Además, se cofinanciarán al 50% los gastos de desplazamiento.
      Se considerarán costes financiables los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención.
      Adicionalmente a lo anterior, los beneficiarios de esta ayuda procedentes de alguna de las instituciones que conforman la Universidad Europea de los Mares SEA-EU (Christian Albrechts Universität zu Kiel, Université de Bretagne Occidentale, University of Gdańsk, University of Malta, University of Split) tendrán una ayuda adicional de 2500 €/ayuda de estancia hasta un máximo de 2 ayudas.

        6. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

        El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero de cada anualidad y se cerrará el 15 de noviembre de cada anualidad.
        Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
        • CV del investigador visitante
        • CV del solicitante (últimos 5 años)
        • Programa de investigación a desarrollar por el beneficiario de la ayuda.
        • Presupuesto detallado de la estancia, en el que se especifique claramente qué gastos asumirá el grupo o instituto de investigación.

        7. CRITERIOS DE VALORACIÓN

        La evaluación de las solicitudes la realizará la CI atendiendo a los siguientes criterios:

        • Méritos académicos y científicos del investigador visitante.
        • CV del solicitante en los últimos 5 años
        • Programa de investigación a desarrollar por el beneficiario de la ayuda
        • Interés de la actividad para el grupo o instituto de investigación y para la política científica de la UCA.
        • Equilibrio entre ramas del conocimiento.

        Tendrán prioridad los solicitantes que no hayan recibido esta ayuda previamente.

        8. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

        En un plazo no superior a un mes tras la realización de la estancia el investigador perteneciente a la UCA, solicitante de la ayuda, deberá presentar la siguiente documentación:

        • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
        •  Memoria de las actividades desarrolladas por el investigador visitante, que incluya información sobre la repercusión de las mismas en el grupo o instituto de investigación o unidad de excelencia, con indicación de la ejecución de los gastos en las actividades.

        9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

        • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
        • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
        • Solicitar, siempre que existan y estén disponibles, otras ayudas equivalentes, financiadas por otros organismos públicos o privados.
        • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.

        Los beneficiarios de esta ayuda complementaria se comprometen a actuar como embajadores de la alianza SEAEU en la universidad de destino y en posibles publicaciones, trabajos u otras acciones similares derivadas de la colaboración, así como a remitir una breve memoria audiovisual de su estancia.