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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia Vicerrectorado de Investigación y Transferencia

5.3. Proyectos PUENTE, para mejora de propuestas del Plan Estatal

1. OBJETIVO

Promover la presentación de Proyectos de Investigación en el Plan Estatal mediante financiación de ayudas a proyectos que hayan sido presentados a la convocatoria de proyectos de investigación del Plan Estatal (Orientada y No Orientada) u otras convocatorias equivalentes, que, habiendo obtenido una valoración positiva, finalmente no hayan sido propuestos para financiación.
El lanzamiento de esta ayuda está condicionado a la existencia de otras convocatorias con el mismo objeto financiada por organismos externos.

    2. CONDICIONES

    El equipo de investigación de los proyectos deberá estar compuesto íntegramente por PDI perteneciente a la UCA, sin limitación de que en la propuesta final a presentar en la convocatoria pública pudieran incorporarse investigadores externos y/o Internacionales.
    Al aceptar la financiación los solicitantes se comprometen a plasmar los resultados del proyecto al menos en un artículo publicado en una revista de impacto, según los criterios propios de cada área.
    Será obligatoria la participación de todos los miembros de los equipos de los proyectos financiados en el taller sobre Cómo redactar y publicar artículos en revistas de impacto que se organizará desde el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica.

      3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

      Podrá participar como Investigador Principal del proyecto, el PDI de la UCA que figurará como Investigador Principal en la última convocatoria de proyectos del Plan Estatal (Orientada/No Orientada), cuyo proyecto no hubiera sido seleccionado para su financiación. En el supuesto de que en el proyecto del Plan Estatal hubiera dos investigadores principales, sólo se permitirá la solicitud de un proyecto puente, por cualquiera de los dos investigadores o conjuntamente. Solo se permitirá una solicitud por equipo de investigación asociado a dichos proyectos.

        4. DURACIÓN DE LA AYUDA

        El proyecto tendrá un plazo de ejecución de un año, pudiendo ampliarse hasta un máximo de 6 meses, a solicitud del investigador responsable, el cual dirigirá una solicitud motivada a la CI, la cual resolverá en función de criterios científicos.

        5. IMPORTE DE LA AYUDA

        La cantidad máxima a asignar a un proyecto es de 6.000€, en función de la memoria de gastos presentada por el solicitante en la convocatoria del Plan Nacional. Se estima un promedio de proyectos financiables de 7-8 por anualidad según disponibilidad presupuestaria.
        No serán elegibles gastos dedicados a la contratación y remuneración de personal y gastos protocolarios y de representación (comidas, actos sociales, obsequios institucionales, etc.).

          6. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

          La convocatoria se abrirá una única vez por anualidad. Dicha convocatoria será lanzada por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, una vez se obtengan las Resoluciones definitivas de la convocatoria de proyectos del Plan Estatal, y será publicado en BOUCA.
          En la resolución se indicarán los plazos, presupuesto, así como procedimiento de presentación de solicitudes. Durante el desarrollo de la anualidad, se trabajará conjuntamente con el Vicerrectorado con el ánimo de actuar en aquellas deficiencias que el comité evaluador haya presentado en la Resolución.
          Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
          • Solicitud y memoria original presentada a la convocatoria pública.
          • Memoria en la que se describan las modificaciones en el plan de trabajo propuesto en relación al contenido en la solicitud original, y su adecuación a la financiación, propuesta de mejora a realizar durante el año de ejecución del proyecto, para acudir con éxito a la convocatoria de la siguiente anualidad y presupuesto estimado de las actividades a realizar, que deberá ajustarse a las cuantías indicadas anteriormente.

          7. CRITERIOS DE VALORACIÓN

          La CI evaluará y resolverá en función de los siguientes criterios:

          • Calidad científica y viabilidad técnica y económica de la propuesta presentada (30%)
          • Evaluación obtenida en la convocatoria del Plan Estatal (30%)
          • Nivel de adecuación de la propuesta original a las mejoras propuestas por en la evaluación correspondiente (30%)
          • De entre las mejores propuestas, se priorizarán aquellos equipos de investigación que no tengan acceso a otra vía de financiación para realizar su investigación (10%).

          8. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

          En un plazo no superior a un mes tras la finalización del periodo de ejecución del proyecto, los solicitantes deberán presentar:

          • Memoria de las actividades y de los resultados del proyecto, con indicación de la ejecución de los gastos en las actividades
          • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
          • Justificante de la aceptación del artículo por una revista. En caso de que a la finalización del proyecto no se haya recibido esta aceptación deberá presentarse un justificante de su envío, y la justificación del proyecto quedará condicionada su aceptación.
          • Justificante por parte del equipo de investigación, de haber presentado el proyecto mejorado en la siguiente convocatoria del Plan Estatal. En el caso de haberlo hecho en periodo de un mes tras la finalización del mismo, se deberá adjuntar compromiso firmado por todos los investigadores de hacerlo en la siguiente convocatoria.

          9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

          • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
          • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
          • Solicitar, siempre que existan y estén disponibles, otras ayudas equivalentes, financiadas por otros organismos públicos o privados.
          • Los beneficiarios de estas ayudas tendrán la obligación de participar en tareas de divulgación de la actividad investigadora que realizan, en colaboración con la UCC+i, e incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.

          CONVOCATORIA 2023

          El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 22 de diciembre de 2023 y finalizará el 22 de enero de 2024, ambos inclusive.

          MODELOS

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