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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

7.2. VALORIZACIÓN de CONOCIMIENTO UCA. Ayudas para la puesta en valor de Resultados UCA y para Creación de Empresas

7.2. VALORIZACIÓN de CONOCIMIENTO UCA. Ayudas para la puesta en valor de Resultados UCA y para Creación de Empresas

A. Preparación de Proyectos Colaborativos con Empresas

1. OBJETIVOS

Apoyar la preparación de proyectos de investigación colaborativa de ámbito nacional e internacional, prioritariamente en el marco de convocatorias públicas.

    2. CONDICIONES

    Una condición necesaria para la concesión de la ayuda es que la empresa que participe en la propuesta haya tenido alguna colaboración previa o existan compromisos firmes de colaboración con la Universidad en el desarrollo del proyecto.

    Solo será posible solicitar una ayuda de este tipo por grupo de investigación y año.

        3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

        Podrán solicitar esta ayuda el PDI doctor de la UCA que haya establecido una colaboración con alguna empresa, con la que demuestre la existencia de compromisos firmes de colaboración en la preparación de un proyecto de investigación colaborativo.

          4. IMPORTE DE LA AYUDA

          El importe máximo de esta ayuda será de 2.000 €. Se estima un número de 4 ayudas por anualidad según disponibilidad presupuestaria.
          Se considerarán costes financiables los gastos directamente derivados de la preparación y redacción de las propuestas de los proyectos.

            5. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

            El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero de cada anualidad y se cerrará el 15 de noviembre de cada anualidad.
            Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
            • Memoria de la ayuda solicitada, con indicación del presupuesto solicitado.
            • Documento acreditativo del compromiso de colaboración.

            6. CRITERIOS DE VALORACIÓN

            Se priorizarán aquellas propuestas en las que la UCA actúe como entidad coordinadora, así como aquellas en las que participen activamente empresas.
            Se valorará principalmente la capacidad del equipo de investigación y de la empresa con la que se colabora en la preparación de la propuesta, la calidad de la propuesta, a alineación de la misma con la convocatoria a la que se prevé presentar, la experiencia del grupo de investigación de la UCA en convocatorias de proyectos de investigación colaborativa.

            7. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

            En un plazo no superior a 15 días tras la finalización de la actividad deberán presentar:

            • Memoria de la actividad.
            • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
            • Los remanentes disponibles a la fecha de finalización del periodo de ejecución serán reintegrados al Plan Propio – UCA 2022-2023, no permitiéndose en ningún caso la imputación de cargos posteriores.

            8. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

            Los solicitantes deberán:

            • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
            • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
            • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.

              B. Elaboración de Informes de Valorización

              1. OBJETIVOS

              Valorizar el conocimiento científico y tecnologías de nuestra Universidad, así como, al desarrollo de modelos de negocio y estudio previo del servicio de apoyo al emprendimiento que repercuta sobre la creación de Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC), así como mediante la elaboración de informes de valorización por asesores externos. Esta ayuda facilitará su transferencia, la explotación comercial a través de spinoffs y/o la elaboración de propuestas de proyectos de desarrollo tecnológico en el marco de convocatorias externas.

                2. CONDICIONES

                La convocatoria está abierta a todos los campos de investigación. Se valorarán positivamente aquellas propuestas con un claro carácter innovador, un alto potencial de transferencia y que estén orientadas a Líneas de Acción incluidas en alguna de las prioridades de especialización inteligente recogidas en la Estrategia de Especialización Inteligente de Andalucía, RIS3, y en su próxima estrategia de Innovación, https://s4andalucia.es/.
                Adicionalmente, se valorarán positivamente aquellas propuestas alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2015-2030 de Naciones Unidas (ODS, Agenda 2030), Retos de la Sociedad o las prioridades de Horizonte Europa.
                Entre los estudios que se financiarán están los estudios de viabilidad técnica, estrategias de protección y difusión de resultados, planes de comercialización y explotación, estudios de mercado, estudios de viabilidad comercial, itinerarios tecnológicos (roadmaps), vigilancia estratégica, desarrollo de modelos de negocio y estudio previo del servicio de apoyo al emprendimiento, entre otros.

                  3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

                  Podrán solicitar esta ayuda el PDI de la UCA que, como fruto de la investigación desarrollada, haya generado resultados, que pretenda transferir los mismos para su implantación en el tejido productivo.

                      4. IMPORTE DE LA AYUDA

                      El importe máximo de esta ayuda será de 3.000 €. Se estima un número de 4 ayudas por anualidad según disponibilidad presupuestaria.

                      Sólo se considerarán elegibles los gastos de consultoría y adquisición de datos.

                        5. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

                        El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero de cada anualidad y se cerrará el 15 de noviembre de cada anualidad.
                        Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
                        • Memoria de la ayuda solicitada.
                        • Presupuesto de gastos necesarios para la realización de la actividad

                        6. CRITERIOS DE VALORACIÓN

                        Se valorará principal mente la trayectoria de investigación y transferencia de los solicitantes.

                        7. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

                        En un plazo no superior a 15 días tras la finalización de la actividad deberán presentar:

                        • Memoria de la actividad.
                        • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
                        • Los remanentes disponibles a la fecha de finalización del periodo de ejecución serán reintegrados al Plan Propio – UCA 2022-2023, no permitiéndose en ningún caso la imputación de cargos posteriores.

                        8. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

                        Los solicitantes deberán:

                        • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
                        • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
                        • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.

                          C. Elaboración de Prototipos y Pruebas de Concepto

                          1. OBJETIVOS

                          Fomentar y acelerar la transferencia de conocimientos y tecnologías generados en proyectos de investigación en la UCA o bien de resultados previamente registrados, mediante ayudas para la elaboración de prototipos y pruebas de concepto.

                            2. CONDICIONES

                            El punto de partida siempre sería una solución técnica a un problema, normalmente procedente de trabajos de investigación. Con carácter general, es necesario que los proyectos previos estén como punto de partida a un nivel de madurez de la tecnología TRL3, pero con resultados que puedan alcanzar TRL 6 ó 7 dependiendo del área de conocimiento.

                            El objetivo último debe ser validar o avanzar en la validación de la aplicabilidad de dicha solución.

                                3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

                                Podrán solicitar esta ayuda el PDI de la UCA que, como fruto de la investigación desarrollada en la UCA, haya generado resultados, que pretenda transferir los mismos para su implantación en el tejido productivo o solicitar un proyecto de prueba de concepto al Ministerio.

                                    4. IMPORTE DE LA AYUDA

                                    El importe máximo de estas ayudas será de 3.000 €. Se estima un número de 3 ayudas por anualidad según disponibilidad presupuestaria.
                                    Se considerarán costes financiables el material inventariable, fungible, subcontrataciones y asistencias técnicas, desplazamiento, alojamiento y manutención, así como otros gastos debidamente justificados cuya naturaleza esté directamente relacionada con la realización de la actividad objeto de la ayuda.

                                      5. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

                                      El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero de cada anualidad y se cerrará el 15 de noviembre de cada anualidad.
                                      Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
                                      • Memoria de la ayuda solicitada.
                                      • Presupuesto de gastos necesarios para la realización de la actividad.

                                      6. CRITERIOS DE VALORACIÓN

                                      Se valorará principalmente la trayectoria de investigación y transferencia de los solicitantes.

                                      7. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

                                      En un plazo no superior a 15 días tras la finalización de la actividad deberán presentar:

                                      • Memoria de la actividad.
                                      • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma.
                                      • En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
                                      • Los remanentes disponibles a la fecha de finalización del periodo de ejecución serán reintegrados al Plan Propio – UCA 2022-2023, no permitiéndose en ningún caso la imputación de cargos posteriores.

                                      8. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

                                      Los solicitantes deberán:

                                      • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
                                      • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
                                      • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.

                                        D. Creación de Empresas Basadas en el Conocimiento

                                        1. OBJETIVOS

                                        Apoyar proyectos empresariales que pretendan constituirse, o se hayan constituido, como empresas basadas en el conocimiento (EBC) generado en la UCA.

                                          2. CONDICIONES

                                          Los proyectos empresariales para los cuales se solicite la ayuda deberán basarse en la explotación de resultados de investigación y/o conocimiento generado en la UCA.
                                          Solo se financiarán ayudas a EBC en las que la UCA participe o vaya a participar en su capital social.
                                          Para la concesión de la ayuda a la participación en nuevas EBC, la creación de la EBC debe haber sido aprobada previamente por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la UCA.

                                          Existirán tres modalidades de ayudas:

                                          • Modalidad 1. Apoyo a la creación de EBC
                                          • Modalidad 2. Participación en nuevas EBC
                                          • Modalidad 3. Impulso a EBC UCA

                                              3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

                                              Podrá solicitar la ayuda el PDI con vinculación funcionarial o contractual de la UCA que vaya a participar o participe junto a la misma en el capital social de la EBC.
                                              En el caso de que la ayuda sea solicitada por miembros de grupos de investigación sin vinculación contractual con la UCA o de personal investigador en formación, la participación en la EBC deberá contar con el informe favorable del responsable del grupo de investigación correspondiente.

                                                  4. IMPORTE DE LA AYUDA

                                                  El importe máximo de estas ayudas será de 3.000 €. Se estima un número de 3 ayudas por anualidad según disponibilidad presupuestaria.
                                                  La Modalidad 1 financiará servicios de consultoras con el objetivo de estudiar con rigor técnico y dimensionar las propuestas de creación de EBC.
                                                  La Modalidad 2 consistirá exactamente en la aportación de la UCA al capital social de la EBC, en las condiciones aprobadas por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social.
                                                  La Modalidad 3 financiará gastos derivados de la valorización del conocimiento transferido por la UCA a la EBC que ayude a la mejora del posicionamiento de la EBC en el sector empresarial.

                                                    5. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

                                                    El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de enero de cada anualidad y se cerrará el 15 de noviembre de cada anualidad.
                                                    Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
                                                    • Proyecto inicial de creación de EBC de la UCA o memoria de la actividad a realizar.
                                                    • Presupuesto detallado de la ayuda solicitada.

                                                    6. CRITERIOS DE VALORACIÓN

                                                    Solo se financiarán ayudas a EBC participadas por la UCA. En función de la modalidad de ayuda se podrán tener en cuenta los siguientes criterios de valoración:

                                                    • Formación y experiencia del equipo promotor en el ámbito de la transferencia del conocimiento.
                                                    • Previsión de la creación de puestos de trabajo cualificados y/o beneficio o retorno esperado por la UCA por la aplicación de la ayuda a la EBC.
                                                    • Cofinanciación de la actividad y/o composición del capital social de la EBC.
                                                    • Interés de la propuesta basada en el resultado a transferir a la EBC.

                                                    7. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

                                                    Modalidad 1 y 3. En un plazo no superior a 15 días tras la finalización de la actividad deberán presentar:

                                                    • Memoria de la actividad.
                                                    • La justificación de la ayuda económica se realizará por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.
                                                    • Los remanentes disponibles a la fecha de finalización del periodo de ejecución serán reintegrados al Plan Propio – UCA 2022-2023, no permitiéndose en ningún caso la imputación de cargos posteriores.

                                                    Modalidad 2. En un plazo no superior a 45 días tras la constitución de la EBC deberán presentar:

                                                    • Documentación acreditativa de la constitución de la EBC, en la forma aprobada por Consejo de Gobierno y Consejo Social, compuesta por certificación emitida por la entidad financiera indicando las aportaciones de los socios a la cuenta de la empresa en constitución, CIF definitivo y copia de las escrituras de constitución.

                                                    8. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

                                                    Los solicitantes deberán:

                                                    • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
                                                    • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
                                                    • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.