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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia Vicerrectorado de Investigación y Transferencia

9.2. Unidades Científicas de Excelencia

9.2. Unidades Científicas de Excelencia

1. OBJETIVOS

Impulsar la calidad de la investigación de excelencia de la UCA mediante la identificación y la creación de unidades científicas que destaquen por su relevancia e impacto a nivel internacional, siguiendo los criterios establecidos en la convocatoria del Programa de Apoyo a Unidades de Excelencia “María de Maeztu”.
Se pretende fortalecer las capacidades científicas de nuestra Universidad, mediante la identificación y la formación de unidades de investigación cuyo liderazgo científico esté contrastado a nivel internacional.

2. CONDICIONES

Esta línea de acción de excelencia financia programas estratégicos de investigación, destinados a consolidar sus capacidades científicas, a contribuir al liderazgo de la investigación y a actuar como polos de atracción de talento a nivel internacional.
Se financiarán las mejores propuestas, que cumplan los requisitos, hasta cubrir el máximo del presupuesto anual para la acción.

    3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

    Las Unidades serán identificadas desde el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, o a solicitud de los interesados, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la convocatoria del Programa de Apoyo a Unidades de Excelencia “María de Maeztu” del Ministerio de Ministerio de Ciencia e Innovación.
    Las unidades se encuadrarán en cualquier área temática, pudiendo conformarse unidades interdisciplinares.
    Se designará un único director científico, responsable del desarrollo y ejecución del programa estratégico de investigación propuesto, y al menos seis investigadores (todos ellos PDI de la UCA). Todos los investigadores deben reunir los méritos para ser investigador garante en una solicitud de Unidad de Excelencia “María de Maeztu”: cálculo de imparto normalizado (superior a 1,5) y proyecto como IP (Nacional, Europeo o Internacional).
    En caso de no estar constituidas como departamento, instituto o entidad reconocida por la convocatoria nacional, las nuevas unidades deberán de haber sido aprobadas previamente por CI y consejo de gobierno.

    4. DURACIÓN DE LA AYUDA

    El plazo de ejecución de los programas de investigación objeto de ayuda será de cuatro años.

    La ayuda se concederá en cuantías anuales proporcionales al total financiado.

    5. IMPORTE DE LA AYUDA

    Se proporcionará una dotación económica anual que podrá ser cofinanciada de acuerdo al nivel de la unidad. La cuantía máxima total de la ayuda será de 70.000€, distribuida en una duración de cuatro años según el proyecto presentado.

      6. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

      Se realizará una convocatoria dentro del primer trimestre de cada anualidad. Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (http://widi.uca.es). El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):

      • Relación de director científico e investigadores garantes que formarán la Unidad de Excelencia, especificando nombre, apellidos, DNI, email, código ORCID, código en Research-ID, perfil en Google Scholar y la justificación de sus méritos como investigador garante.

      7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

      La CI será la encarga de valorar las solicitudes a través de un proceso de evaluación y selección basado en criterios científicos y de acuerdo con los más exigentes estándares internacionales.

          8. JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

          En el primer trimestre de la anualidad posterior a la concesión de la ayuda deberán presentar:

          • Informe de situación actual de cumplimiento de méritos relacionados con la convocatoria María de Maeztu y diagnóstico de mejora en relación directa a esos méritos.

          9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

          Todos los integrantes del instituto deberán:

          • Desarrollar un programa estratégico de investigación de calidad, que se presentará al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica, dentro de la unidad.
          • Anualmente se emitirá un informe del desarrollo de los objetivos estratégicos.
          • La unidad se compromete a presentarse a próximas convocatorias del Programa de Apoyo a Unidades de Excelencia “María de Maeztu” del Ministerio de Economía y Competitividad una vez que cumplan los requisitos administrativos de antigüedad.
          • En el caso de incumplir estas obligaciones, se podrá solicitar el reintegro de la ayuda.
          • No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio – UCA 2022-2023.
          • No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas.
          • Hacer constar en toda su producción científica y comunicaciones o diseminación claramente su pertenencia a la UCA, según lo establecido en el Reglamento UCA/CG16/2013, para la denominación bibliográfica de la UCA: https://bit.ly/3pjii0y.
          • Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Plan Propio – UCA 2022-2023.