A.- OBJETO DE LA AYUDA | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Convocatoria de movilidad de investigadores de la UCA mediante la financiación parcial de la participación en congresos en la temática de investigación propia del solicitante.
El objeto de la convocatoria es fomentar la movilidad tanto de los investigadores de la UCA, como del Personal de Administración y Servicios, mediante la concesión de una ayuda que contribuya a la financiación de la participación, con una comunicación oral que sea sometida a una revisión por pares o en formato póster o demostración, en congresos relativos a la temática de investigación propia del solicitante en el primer supuesto, o del Grupo de Investigación al que esté vinculado caso de ser PAS. |
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B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Modalidad 1. Podrán solicitar esta ayuda tanto el PDI como el PAS de la UCA.
En el supuesto del PDI, ha de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:
El PAS solicitante de esta ayuda, habrá de informar sobre su vinculación con un Grupo de Investigación de la Universidad de Cádiz. Modalidad 2. Podrán solicitarla los investigadores en formación de la UCA que estén matriculados en cualquier Programa de Doctorado de la Universidad de Cádiz en el curso en el que se realice la actividad y que tengan, en el momento de la solicitud de la ayuda, aprobado el plan de investigación por la comisión académica del programa. Tendrán prioridad aquellos doctorandos que no puedan acceder a ayudas equivalentes contempladas en otros subprogramas del Programa de Fomento e Impulso de la Investigación y la Transferencia en la Universidad de Cádiz. El disfrute de estas ayudas es incompatible con el de cualquier otra convocada con fondos públicos. |
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C.- DURACIÓN DE LA AYUDA | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Únicamente se financiará la asistencia a eventos científicos que tengan fecha de organización dentro del período de vigencia del presente plan, o en los primeros dos meses de la anualidad posterior.
Cada miembro de la Comunidad Universitaria podrá obtener un máximo de dos ayudas de este tipo por anualidad. Aquellos investigadores no vinculados con un Grupo de Investigación de la UCA, podrán obtener una sola ayuda. |
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D.- IMPORTE DE LA AYUDA | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
La presente ayuda podrá cubrir los gastos de matrícula en el congreso, de desplazamiento, alojamiento y manutención. Quedan excluidas de esta modalidad de ayudas, cualquier tipo de actividad no contemplada en los supuestos expresamente enumerados.
· Cada miembro de la Comunidad Universitaria podrá obtener un máximo de dos ayudas de este tipo durante el 2018. Aquellos investigadores no vinculados con un Grupo de Investigación de la UCA, podrán obtener una sola ayuda. · Se concederá solo una ayuda por trabajo presentado. En caso necesario, se financiará la solicitud del autor cuyo nombre figure en la comunicación de aceptación o, en su caso, el primer autor del trabajo. · Para un mismo congreso, el número de ayudas que se concederán por Grupo dependerá del tamaño del mismo, según la tabla adjunta. En caso necesario será la Comisión de Investigación la que dirima a quién se le otorga la ayuda.
· En caso de que la organización del evento disponga de becas o bolsas de ayudas que puedan ser solicitadas por el investigador, éste deberá concurrir a las mismas, haciéndolo constar en la solicitud. El importe máximo de las ayudas será el siguiente:
En caso de acciones que no conlleven pago de inscripción, o que su cuantía sea inferior a 100 €, la cantidad máxima a asignar será el 80% de las indicadas en la tabla. |
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E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Modalidad 1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de cada una de las anualidades en las que esté vigente el presente plan. Una vez finalizado el congreso, el investigador tendrá un plazo máximo de seis meses para solicitar la ayuda, la cual podrá solicitar, antes de la organización del evento.
Modalidad 2. Las solicitudes se presentarán en un plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente de la publicación en la web de la Escuela de doctorado. El solicitante presentará la siguiente documentación: 1.- Folleto informativo, o enlace a página web en la que se detalle claramente: 1. Objetivo del evento. 2. Fechas y lugar de celebración. 3. Precio de la inscripción. 2.- Acreditación de la aceptación del trabajo en el evento, con indicación clara acerca de su presentación como comunicación oral o comunicación en formato de póster. En caso de que no se disponga de la aceptación del trabajo en la fecha de la convocatoria, se presentará el resumen de la comunicación, y la subvención obtenida en su caso quedará condicionada a la entrega de la justificación de la aceptación del trabajo. 3.- Presupuesto detallado de la actividad, incluyendo inscripción, desplazamiento, alojamiento y manutención. |
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F.- EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Modalidad 1. En caso de limitación presupuestaria, la CI resolverá en función de los siguientes criterios:
1.- Carácter del congreso. Siendo prioritarios los de carácter internacional. 2.- Tipo de presentación, siendo prioritaria las presentaciones orales. 3.- Productividad asociada a la participación en el congreso por la publicación de un artículo científico. 4.- Interés estratégico para la UCA, siendo prioritarias temáticas incluidas en el RIS3 de Andalucía y en los Campus de Excelencia en los que participa la Universidad Se concederá una única ayuda por trabajo presentado. En caso necesario, se financiará la solicitud del autor cuyo nombre figure en la comunicación de aceptación o, en su caso, el primer autor del trabajo. Para un mismo curso o congreso, el número de ayudas que se concederán por Grupo de Investigación dependerá del tamaño del mismo. En caso necesario será la CI la que dirima a quién se lo otorga la ayuda. De conformidad con lo previsto en los artículos 25 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el órgano competente dictará y publicará en la web del Vicerrectorado de Investigación las correspondientes Resolución en las siguientes fechas: 1.- Primera quincena de marzo, para todas aquellas solicitudes presentadas antes del 28 de febrero. 2.- Primera quincena de junio, para todas aquellas solicitudes presentadas antes del 31 de mayo. 3.- Primera quincena de septiembre, para todas aquellas solicitudes presentadas antes del 31 de agosto. 4.- Primera quincena de noviembre, para todas aquellas solicitudes presentadas antes del 15 noviembre. Se concederá una única ayuda por trabajo presentado. En caso necesario, se financiará la solicitud del autor cuyo nombre figure en la comunicación de aceptación o, en su caso, el primer autor del trabajo. Modalidad 2. Las solicitudes serán evaluadas por la Comisión Académica de cada Programa de Doctorado de acuerdo con el baremo y los criterios establecidos. Para la evaluación del CV y los méritos del solicitante se hará uso de su expediente electrónico incluido en el documento de actividades del doctorando. No se considerarán aquellas solicitudes que no aporten los documentos justificativos de la actividad para la que se solicita la ayuda. Las Comisiones Académicas elaborarán una lista priorizada, acompañada de un informe razonado de la puntuación asignada a cada solicitante, que presentarán a la dirección de la Escuela de Doctorado de la UCA para que esta resuelva y publique los resultados de la convocatoria. |
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G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
En un plazo no superior a 15 días naturales tras la realización de la actividad (o de la notificación de concesión si ésta fuera posterior), los beneficiarios deben presentar:
1.- Certificado del evento que acredite su realización. 2.- Acreditación documental de los siguientes gastos: a. Inscripción o matrícula. b. Alojamiento 3.- Desplazamiento y manutención (según modelo disponible) 4.- Declaración Jurada de no haber justificado los gastos financiados por la presente ayuda por otra fuente de financiación. Caso contrario, la ayuda percibida deberá ser reintegrada. |
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H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Los solicitantes deberán:
1- Mantener la vinculación con la Universidad de Cádiz hasta la finalización de la realización de la acción solicitada. 2- No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio de Investigación de la UCA 3- No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas. 4- Solicitar, siempre que existan y estén disponibles, otras ayudas equivalentes, financiadas por otros organismos públicos o privados. 5- Incorporar en los agradecimientos de la productividad asociada a la actividad, mención a la presente ayuda del Programa de Fomento e Impulso de la actividad Investigadora de la Universidad de Cádiz. |
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I.- UNIDADES RESPONSABLES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Unidad académica responsable: Modalidad 1: VI. Modalidad 2: EDUCA.
Unidad gestora responsable: Modalidad 1: SGI. Modalidad 2: Oficina de posgrado a través de las comisiones de los programas de doctorado |
Para acceder a la solicitud telemática pinche aquí.