A.- OBJETO DE LA AYUDA | ||||||||||
El objetivo de esta actuación es la financiación de todas aquellas actividades que ayuden a orientar la investigación de los grupos de la UCA hacia las necesidades reales de innovación del entorno empresarial, al tiempo que se colabora con las empresas sobre la necesidad de incorporar innovaciones y desarrollos tecnológicos que hagan sus procesos productivos más competitivos.
El objetivo específico de esta ayuda es el establecimiento de relaciones que fomenten la cooperación entre la empresa y la universidad, a nivel regional y nacional, lo que redundará en un marcado incremento de los indicadores de transferencia del conocimiento y, por tanto, de generación de retornos económicos futuros para la UCA. Las actividades de transferencia consideradas para esta ayuda son: – Realización de cursos de formación en una empresa. – Asistencia a encuentros específicos de transferencia, tales como ferias tecnológicas y foros de transferencia. – Visitas a empresas. – Elaboración de folletos informativos con las tecnologías desarrolladas por el grupo. – Campañas de difusión de resultados (on-line, off-line). La CI, a propuesta del VTIT, valorará la concesión de las ayudas que no se encuentren enmarcadas en la relación anterior cuyo objetivo sea el que persigue esta actuación: fomentar la cooperación entre la empresa y la universidad, a nivel regional y nacional. Se consideran elegibles los costes relacionados con estas actividades distribuidos en los siguientes conceptos de gastos: – Viajes y dietas. – Otros gastos (especialmente en concepto de inscripciones en cursos, ferias tecnológicas y foros de transferencia y de subcontratación de expertos). Para la concesión de estas ayudas se valorará principalmente la conformidad del objetivo del proyecto con la convocatoria, el grado de definición del proyecto y el impacto esperado en términos de acciones de transferencia (contratos, proyectos, licencia de patentes, empresas de base tecnológica, etc.). |
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B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES | ||||||||||
Podrán acogerse a esta financiación las iniciativas de los investigadores de la UCA en materia de transferencia del conocimiento que puedan tener un alto impacto en el sector productivo o la sociedad, en general, y que pueda generar retornos económicos futuros para la UCA. | ||||||||||
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA | ||||||||||
La ayuda financiará la actividad que se desarrolle total o parcialmente en la anualidad. | ||||||||||
D.- IMPORTE DE LA AYUDA | ||||||||||
En el caso de que la ayuda sea para viajes y dietas el importe de la misma será el siguiente:
En el resto de los casos el importe máximo de la ayuda será de 700 euros por solicitud. |
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E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar | ||||||||||
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 1 de enero hasta el 3 de diciembre en las anualidades en que esté vigente el presente Plan.
Las solicitudes podrán presentarse con anterioridad a la estancia, o tras su realización en el plazo máximo de tres meses tras la finalización de la estancia.
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (https://widi.uca.es). |
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F. EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES | ||||||||||
La Comisión de Investigación será la encargada de evaluar y resolver las solicitudes presentadas, publicando su Resolución en el plazo máximo de un mes computado desde el día en el que se publica la lista de solicitudes definitivas. | ||||||||||
G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA | ||||||||||
En un plazo no superior a 15 días naturales tras la finalización de la actividad, los beneficiarios deben presentar:
– Memoria final de la actividad (incluyendo el listado de empresas contactadas). – Justificantes de los gastos subvencionados (facturas, liquidaciones de dietas, tiques, etc.). En el caso de facturas en moneda extranjera, deberán acompañarse de fotocopia del BOE indicando el cambio oficial correspondiente a la fecha de expedición de la factura. |
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H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS | ||||||||||
1. Mantener la vinculación con la Universidad de Cádiz hasta la finalización de la realización de la acción solicitada
2. No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio de Transferencia de la UCA 3. No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas. |
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I.- UNIDADES RESPONSABLES | ||||||||||
Unidad académica responsable: VTIT.
Unidad gestora responsable: SPRE. |