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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

Certificación de laboratorios y acreditación de ensayos

Certificación de laboratorios y acreditación de ensayos
A.- OBJETO DE LA AYUDA
Esta actuación está orientada para desarrollar actividades de transferencia con algunas empresas, en las cuales se precisa que las estructuras de la UCA demuestren calidad en la prestación de servicios, mediante el cumplimiento de normas de calidad certificadas. Por ello es necesario apoyar a nuestros laboratorios, grupos y demás estructuras para que satisfagan los requerimientos concretos de calidad que las empresas necesitan, y posibilitar la firma de contratos de colaboración.

Estas ayudas van dirigidas a los grupos de investigación, institutos de investigación, laboratorios y demás estructuras de la Universidad de Cádiz, que presten o pretendan prestar servicios de carácter científico, técnico o artístico a entidades jurídicas o personas físicas, orientados a la implantación de sistemas de gestión de la calidad.

Este programa impulsa la transferencia de tecnología de valor añadido al sector empresarial, al tiempo que pone a disposición de las empresas recursos, infraestructuras de investigación, laboratorios y grupos de investigación, con las exigencias concretas de calidad que éstas necesitan.

El objetivo básico de este programa es el de regular el procedimiento de concesión de ayudas para la implantación de sistemas de calidad, revisiones periódicas del sistema de calidad, ampliación del alcance de la acreditación o certificación en estructuras de la UCA que presten sus servicios a empresas del entorno, participen en la transferencia de resultados de investigación generados en la UCA a la sociedad o pretendan comenzar a dar estos servicios próximamente.

Se podrá financiar las siguientes actividades:

–        Ayuda para elaborar documentación para la gestión del sistema de calidad y su implantación.

–        Ayuda para revisiones periódicas del sistema de calidad.

–        Ayuda para la ampliación del alcance de la acreditación o certificación.

Se considerarán elegibles los costes relacionados con las actividades distribuidos en los siguientes conceptos de gastos:

–        Material fungible.

–        Otros gastos (especialmente en concepto de tarifas relativas a gastos de tramitación de las solicitudes de certificación y acreditación, y coste del proceso de evaluación de los auditores en cada una de las actividades de evaluación).

B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
De estas ayudas se podrán beneficiar los grupos de investigación, institutos de investigación, laboratorios y demás estructuras de la UCA, que presten o pretendan prestar servicios de carácter científico, técnico o artístico a empresas y entidades, que exijan la certificación de sistemas de gestión de calidad o la acreditación de los ensayos o análisis que se realicen.
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA
La ayuda financiará la actividad que se desarrolle total o parcialmente en la anualidad.
D.- IMPORTE DE LA AYUDA
Sólo se concederá una única ayuda anual por laboratorio o acreditación de ensayos.

Se concederá hasta un máximo de 3.000 euros por solicitud, respetándose los siguientes criterios de prioridad:

–        Solicitudes para elaborar la documentación para la gestión del sistema de calidad y su implantación.

–        Solicitudes que recojan la ampliación del alcance de la acreditación o certificación.

–        Solicitudes que recojan revisiones periódicas del sistema de calidad.

Se valorarán positivamente aquellas solicitudes que procedan de grupos o laboratorios que cuenten con un historial previo de prestación de servicios a empresas del entorno.

E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar
La solicitud deberá ir acompañada de un presupuesto detallado y justificado, así como de un informe de previsión del impacto esperado en el tejido productivo a través de contratos o prestaciones de servicios, concretando la situación actual de implantación de su sistema de calidad y el alcance de la acreditación o certificación que posee.
F. EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES
La Comisión de Investigación será la encargada de evaluar y resolver las solicitudes presentadas, publicando su Resolución en el plazo máximo de un mes computado desde el día en el que se publica la lista de solicitudes definitivas.
G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
En un plazo no superior a 15 días naturales tras la finalización de la actividad, los beneficiarios deben presentar:

a)     Las facturas de los gastos subvencionados. En casos excepcionales se admitirán justificantes de abono.

b)    Un informe final, en el que se describan las mejoras obtenidas en su sistema de calidad y el impacto que éstas tendrán en el sector productivo, con indicación de las empresas que a partir de ese momento pasan a ser potenciales clientes.

En el caso de facturas en moneda extranjera, deberán acompañarse de fotocopia del BOE indicando el cambio oficial correspondiente a la fecha de expedición de la factura.

H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
La CI podrá requerir la acreditación y seguimiento de la Actividad que pueda considerar necesarias.
I.- UNIDADES RESPONSABLES
Unidad académica responsable: VTIT.

Unidad gestora responsable: SPRE.