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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

Financiación básica de Institutos propios de Investigación

Financiación básica de Institutos propios de Investigación
A.- OBJETO DE LA AYUDA
El presente documento tiene como objetivo principal desarrollar la Línea de Actuación Estratégica del II PEUCA: 4.2 Vertebrar la investigación singular de la UCA a través de los Institutos y Centros de Investigación, y responde a la necesidad de dotar de financiación y autonomía a los Institutos de Investigación de la Universidad de Cádiz para que puedan definir políticas propias de investigación, alineadas con las actuaciones estratégicas de la Universidad de Cádiz.

Para ello, se proponen los siguientes objetivos específicos:

1.     Incentivar el aumento de la actividad investigadora y de transferencia, la productividad y la calidad de la investigación de los investigadores adscritos a dichos Institutos.

2.     Integrar la actividad de los Institutos de Investigación y Centros de Transferencia en la política estratégica de la Universidad de Cádiz.

3.     Fomentar el desarrollo de Planes Propios de Investigación e Innovación en Institutos de Investigación consolidados.

4.     Fomentar el acceso a financiación autonómica/estatal orientada a centros e institutos de excelencia.

5.     Dar a conocer y visibilizar los resultados de la investigación de los Institutos

B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Podrán acogerse a esta financiación los Institutos de Investigación Propios de la Universidad de Cádiz que estén consolidados, y así reconocidos por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA
La cantidad asignada según aplicación de los criterios incorporados en la presente convocatoria tendrá una vigencia del ejercicio contable en el que se realice la incorporación, siendo necesario que dicha cantidad se ejecute en el ejercicio, no generando remanentes para la anualidad posterior.
D.- IMPORTE DE LA AYUDA
La dotación destinada al “Subprograma de financiación y consolidación de Institutos de Investigación” será indicada anualmente en los presupuestos de los Vicerrectorados de Investigación y de Transferencia e Innovación Tecnológica. En función de los resultados presentados por los Institutos de Investigación, la Comisión de Investigación podrá aumentar esta cantidad, utilizando para ello los fondos del Vicerrectorado de Investigación provenientes de los costes indirectos de proyectos de investigación.
E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar
Las propuestas las realizarán los directores de los Institutos de Investigación, vía registro, incluyendo la siguiente información:

1.     Compromiso de participación en las actuaciones propuestas por los órganos de gobierno de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con los objetivos descritos en el II Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz, junto con un cronograma anual de cumplimiento según se recoja en el acuerdo aprobado por la Comisión de Investigación y aparezca publicado en BOUCA.

2.     Para aquellos institutos que se encuentren en la segunda o posterior anualidad, descripción detallada según se recoja en la documentación aprobada por la Comisión de Investigación y tras su publicación en BOUCA, del grado de consecución de las actividades comprometidas en la anualidad anterior.

3.     Memoria de la anualidad anterior, en la que se indiquen los siguientes apartados:

·       Miembros del Instituto, a fecha 31 de diciembre del año anterior, con especificación de las bajas e incorporaciones en dicho año, así como el número de sexenios activos.

·       Publicaciones, trabajos científicos y patentes realizadas por los investigadores pertenecientes al Instituto de Investigación en la anualidad anterior, y relacionadas con la actividad del mismo.

·       Proyectos de investigación conseguidos, contratos y convenios firmados en la anualidad anterior, con indicación de los costes directos e indirectos asignados.

·       Descripción de las infraestructuras y equipamiento disponibles, indicando las modificaciones que se hayan producido.

·       Actividades científicas realizadas durante la anualidad anterior: jornadas, reuniones científicas, conferencias, actividades de divulgación, etc.

·       Actividades de difusión realizadas

·       Memoria económica que refleje los ingresos y gastos del año anterior.

4.      Propuesta de presupuesto para el ejercicio económico, incluyendo las actividades que se proponen realizar y los objetivos a alcanzar.

Las propuestas se entregarán en los dos meses naturales tras la publicación en BOUCA de la resolución de la Comisión de Investigación, en la que se indicarán los plazos y los compromisos a firmar, refrendadas por su aprobación en el Consejo del Instituto, mediante certificación expedida por su secretario.

F.- EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES
Una vez recibida la documentación por los vicerrectorados competentes, se procederá a su revisión y análisis de viabilidad. Caso de que se considere necesario, podrán proponerse modificaciones o mejoras, que serán analizadas por el Consejo del Instituto. Se elaborará una propuesta en la que quede claramente recogida la definición de actividades a realizar, los objetivos que persiguen y la previsión de gastos. Una vez acordado el documento final, este se someterá a debate en la Comisión de Investigación de la Universidad de Cádiz, para su discusión y aprobación definitiva.

La asignación presupuestaria al Instituto de Investigación consistirá en una partida de financiación básica estructurada en dos partes, y otra partida orientada a la consecución de objetivos de mejora mediante la celebración de un Contrato-Programa:

FINANCIACIÓN BÁSICA

 

Parte 1: Financiación básica en función del número de sexenios de los investigadores participantes. Se asignará una cantidad aplicando la siguiente fórmula

F1 = (nº Sexenios) · 30

 Parte 2: Financiación en función de los costes indirectos obtenidos en convocatorias públicas de proyectos de investigación durante la anualidad anterior, según la siguiente fórmula:

F2 = C1 [Costes indirectos de proyectos de investigación competitivos internacionales, nacionales y autonómicos, y contratos del art.83 ]

CONTRATO PROGRAMA

Parte 3: Financiación en función de los compromisos adquiridos por el Consejo del Instituto y recogidos en el ANEXO I del presente documento. Durante la primera anualidad del Contrato-Programa, la fórmula a aplicar será la siguiente:

F3 =  [Puntuación obtenida en compromisos] / 100 * 30.000

Durante la segunda anualidad y sucesivas, se aplicará la siguiente formula:

F3 =  [Puntuación obtenida en compromisos] / 100 * 5.000 + [Porcentaje de cumplimiento de compromisos en la anualidad anterior] * 25.000

La cantidad a asignar a cada Instituto solicitante será el resultado de aplicar la siguiente ecuación:

[Financiación asignada en € ] = F1 + F2 + F3

La asignación estará condicionada a disponibilidad presupuestaria. En el caso de que no se hubiera producido la incorporación al Vicerrectorado correspondiente de los costes indirectos de los proyectos correspondientes en la anualidad anterior y, por tanto, no existiera disponibilidad presupuestaria, esta asignación se realizará en el momento en que exista disponibilidad presupuestaria para ello. Si esta incorporación se realiza en la segunda mitad de la anualidad, podrá reflejarse como remanente en la siguiente anualidad. En caso de que el instituto se presente al menos cumpliendo los requisitos mínimos de la convocatoria Severo Ochoa y María de Maeztu la ayuda se incrementará en un 10%.

G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA
Será requisito la presentación de una Memoria final, y se procederá a evaluar el desarrollo de las actividades comprometidas atendiendo a su grado de ejecución. Esta evaluación la realizará la Comisión de Investigación de la Universidad de Cádiz, y el resultado obtenido condicionará parte de la evaluación de la siguiente anualidad del Contrato-Programa.
H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Serán obligaciones de los Institutos de Investigación las siguientes:

·       La elaboración/desarrollo del Plan Director de desarrollo del II PEUCA en el ámbito de las actuaciones del Instituto, trabajando conjuntamente con la Delegación del Rector para el Desarrollo Estratégico durante la primera anualidad del Contrato Programa.

·       Realizar un informe final de las actuaciones desarrolladas, y de la relación de gastos realizados. Este informe se entregará durante el primer trimestre del año siguiente, conjuntamente con la Memoria del Instituto.

·       Invertir la cantidad asignada en la programación de las actividades propuestas. La modificación de estas actividades deberá ser solicitada al Vicerrectorado correspondiente de forma motivada; dicha solicitud irá acompañada de la presentación de un nuevo presupuesto. Si la modificación se considerase sustancial, tendrá que ser aprobada por la Comisión de Investigación.

I.- UNIDADES RESPONSABLES
Unidad académica responsable: VI, VTIT

Unidad gestora responsable: SGI, SPRE

[1] Coeficiente definido en función de la disponibilidad presupuestaria en los Vicerrectorados correspondientes. El valor de C no será nunca inferior a un 0,3

 

CONVOCATORIA 2018

Acuerdo definitivo de asignación de financiación básica a los Institutos de Investigación en base a Contratos Programa

Acuerdo provisional Financiación Institutos de Investigación.

Ficha con los datos de la convocatoria por acuerdo de la Comisión de Investigación.

 

CONVOCATORIA 2019

Convocatoria publicada en BOUCA.

Acuerdo definitivo de asignación de financiación básica a los Institutos de Investigación en base a Contratos Programa