FPI-UCA. Contratos predoctorales asociados a Proyectos de Investigación del Plan Nacional de ‘Generación del Conocimiento’
1. OBJETIVOS
Incentivar la realización de una Tesis Doctoral en la UCA mediante contratos predoctorales vinculados a Proyectos
de Investigación del Plan Estatal de ‘Generación del Conocimiento’ para Personal Investigador en Formación (PIF).
2. CONDICIONES
dotación presupuestaria, y será publicada en BOJA, en la web del Plan Propio de Investigación y Transferencia y en
el portal europeo EURAXESS. El número de contratos por rama de conocimiento (Artes y Humanidades, Ciencias,
Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura) y los criterios de proporcionalidad
aplicados para su distribución se especificarán en la convocatoria correspondiente. Los beneficiarios tendrán la
consideración de PIF en el marco del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del
Personal Investigador Predoctoral en Formación.
No podrán ser beneficiarios de los contratos las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias
establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
No podrán ser beneficiarios de los contratos quienes en el momento previsto de incorporación hayan disfrutado
de un contrato predoctoral por un periodo igual o superior a 12 meses.
Los contratados podrán colaborar en tareas docentes, sin que suponga una merma de la carga docente del
Departamento que asigne la colaboración, hasta un máximo de 180 horas durante la extensión total del contrato,
a razón de un máximo de 60 horas anuales acorde a lo establecido en el art. 4.2 del Real Decreto 103/2019 de 1
de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación.
El resto de condiciones vendrán reguladas en la correspondiente convocatoria anual
3. SELECCIÓN DE PROYECTOS
Proyectos de investigación de ‘Generación de Conocimiento’ financiados por el Plan Estatal en los que la UCA sea
entidad beneficiaria, y en los que, habiendo solicitado un contrato predoctoral, no se hubiese concedido ninguno
en la resolución definitiva de dichos proyectos.
4. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Estar pre admitido, admitido o matriculado en un Programa de Doctorado de la UCA según las plazas ofertadas
en la convocatoria.
El resto de requisitos y procedimientos de solicitud específicos se indicarán en la correspondiente convocatoria
anual.
5. DURACIÓN
igual o superior al 33%. La continuidad a lo largo del contrato estará sujeta a evaluación anual. Una vez
defendida la tesis el investigador predoctoral tendrá la posibilidad de optar a un POP por un tiempo máximo
de doce meses. En cualquier caso, la duración del contrato no podrá exceder de los cuatro4 o seis6 años
anteriormente indicados.
• Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento,
riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato (art. 21c, Ley
14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación).
• Sólo se cubrirán las vacantes que se produzcan durante el primer año de contrato con los correspondientes
suplentes por orden de puntuación. En este caso, los nuevos beneficiarios formalizarán el contrato por el
tiempo que reste, de tal forma que la suma de los contratos no supere los cuatro4 o seis6 años (en el caso de
personas con discapacidad igual o superior al 33%) del contrato inicial.
Motivos de extinción de contrato:
• No obtener una valoración positiva en la evaluación anual.
• La baja en el Programa de Doctorado por parte del investigador predoctoral.
• La renuncia al contrato.
• El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la convocatoria..
6. IMPORTE
Tecnología y la Innovación.
Las retribuciones correspondientes al período de POP serán un 10% superior a la prevista para la cuarta anualidad
de los contratos predoctorales.
7. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través del enlace que se especifique en la convocatoria anual.
La documentación a presentar deberá ser la misma con la que hayan concurrido a la convocatoria de contratos
de FPU del Ministerio, avalado y firmado por el mismo director/es, y adscrito al mismo Departamento.
La documentación adicional que se considere necesaria se especificará en la convocatoria correspondiente.
8. PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN
La relación de aspirantes admitidos y excluidos al proceso se hará pública en la web del Plan Propio de
Investigación y Transferencia. La CI emitirá un informe con la propuesta de adjudicación de candidatos
atendiendo a los criterios publicados en la convocatoria y lo remitirá a la Comisión de Selección de Personal
investigador para su valoración y acuerdo.
9. INCORPORACION
El plazo para la incorporación será de hasta 45 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del acuerdo
de concesión de los contratos en la página web del Plan Propio de Investigación y Transferencia, siendo
requisito indispensable estar matriculado en el Programa de Doctorado en el periodo ordinario establecido para
la incorporación.
10. COMPATIBILIDAD
Los contratos se desarrollarán en régimen de dedicación a tiempo completo, y serán incompatibles con otras
retribuciones o ayudas de naturaleza salarial, salvo las siguientes excepciones:
– Complementos por docencia no reglada o tareas de investigación que puedan ser realizadas por el
doctorando durante el contrato predoctoral, directamente asociadas con el proyecto formativo desarrollado y
que no interrumpan este proceso. Es necesario contar con la autorización del director/es de la Tesis Doctoral.
– Otras ayudas del Plan Propio de Investigación y Transferencia que puedan ser compatibles (INICIAmodalidad
Máster, Estímulo a la lectura de la Tesis Doctoral, MOV-CONGRESOS, MOV-FORM-DOCT, MOV-COT (si
aplica), UCA-SC, OPEN-ACCESS, Acción Especial..