A.- OBJETO DE LA AYUDA |
Convocatoria anual orientada a apoyar, mediante ayuda económica, la organización de actividades de divulgación o cultura científica centradas en la labor investigadora que se desarrolla en los grupos de investigación de la Universidad de Cádiz.
Como nota aclaratoria se debe indicar que, según el Ministerio de Ciencia e Innovación, “se entiende por actividades de cultura científica aquellas iniciativas de divulgación y comunicación de la ciencia que pretenden transmitir conocimientos y acercar la investigación y la profesión científica al público no especializado y fomentar la participación ciudadana en el debate científico. En esta definición se incluyen actividades de divulgación científica como ferias, charlas divulgativas, talleres, exposiciones, visitas guiadas, publicaciones de divulgación científica y materiales online divulgativos, etc. Sin embargo, no se entienden como actividades de cultura científica las destinadas a difundir información científica entre público especializado (congresos, seminarios, jornadas, publicaciones, etc.), las actividades de comunicación institucional y marketing o aquellas dirigidas a fomentar la transferencia de conocimiento a la empresa”.
La selección de actividades a financiar la realizará la CI, tras analizar las propuestas presentadas por los investigadores de la UCA, financiando las propuestas según el número de asistentes y priorizando las actuaciones que destaquen por su interés divulgativo, originalidad, calidad, innovación, transversalidad, el público al que se dirige, la vinculación de las actividades con patentes o proyectos vigentes, así como la posible financiación externa que haya podido obtener tanto de organismos públicos (FECYT, por ejemplo) como entidades privadas.
Estas actividades se vincularán a la Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i) de la UCA, perteneciente a la Red de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) del Ministerio de Ciencias e Innovación. |
B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES |
Podrá acudir a esta convocatoria cualquier PDI o doctorado perteneciente a la UCA. |
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA |
La acción podrá llevarse a cabo tras la publicación de la resolución definitiva de esta ayuda y hasta el 31 de diciembre de 2021 (inclusive). La prórroga de esta acción será posible siempre y cuando sea autorizada por la CI y deberá ser solicitada al menos con un meses de antelación a la finalización del plazo de ejecución. |
D.- IMPORTE DE LA AYUDA |
La cuantía de la ayuda económica máxima a percibir es de 2.000€ según los siguientes criterios.
- Una misma actividad no podrá recibir más de una subvención dentro de esta convocatoria del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la UCA.
- Se concederá como máximo dos ayudas anuales por grupo de investigación. La actividad podrá ser impulsada por el decanato o dirección de un centro o instituto, siendo también dos el número máximo de ayudas recibidas dentro de esta modalidad.
- Quedarán excluidas de esta convocatoria de ayudas todas aquellas actividades que estén recogidas dentro del Plan de Divulgación de la Ciencia y del Conocimiento anual de la UCC+i.
- La subvención deberá ir destinada sólo y exclusivamente a los conceptos especificados en el presupuesto presentado a esta convocatoria. En el caso de que sea necesario realizar una modificación del mismo, éste deberá ser solicitado a la CI, quién evaluará esta posibilidad.
- Asimismo, se debe indicar que la ayuda económica no podrá destinarse ni a gastos de carácter protocolario y representación (incluidos en ellos servicios de catering), ni a gastos de personal ni para material inventariable (muebles, material de laboratorio, material electrónico o de otro tipo superior a los 300€) sin permiso expreso de la CI. De igual forma, no se podrá gastar más de un 30% de la ayudad concedida en merchandising, dípticos, folletos, enaras, cartelería, impresión o materiales para impresión de cartelería o acciones similares que sea de carácter publicitario.
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E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar |
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de su publicación en TAVIRA, tras resolución de la Comisión de Investigación, la cual indicará, el presupuesto asignado, el plazo de presentación, así como el procedimiento de presentación.
Deberá presentarse la siguiente documentación:
– CV abreviado del solicitante.
– Proyecto detallado de la actividad a realizar, que deberá contener específicamente la descripción de la actividad propuesta, sus condiciones y fechas de desarrollo y un presupuesto estimado de los costes de ejecución, acorde al modelo de memoria facilitado. |
F.- EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES |
La Comisión de Investigación será la encargada de evaluar y resolver las solicitudes presentadas, publicando su Resolución en el plazo máximo de un mes computado desde el día en el que se publica la lista de solicitudes definitivas.
En caso de no existir dotación presupuestaria suficiente para financiar todas las iniciativas presentadas, la priorización que realizará la Comisión de Investigación en la asignación de ayudas económicas para la organización de eventos es la siguiente:
- 20%: CV abreviado del solicitante (últimos 5 años)
- 10%: Experiencia en divulgación científica del equipo de trabajo (últimos 5 años)
- 20%: Calidad y viabilidad de la actividad que se pretende realizar en relación con los objetivos de la convocatoria
- 20%: Originalidad y grado de innovación de la acción
- 10%: Impacto real de la acción
- 10%: Multidisciplinaridad de la acción
- 10%: Vinculación a un proyecto de investigación con financiación a través de alguna convocatoria con concurrencia competitiva de carácter pública o privada y/o vinculación con alguna patente o registro de propiedad industrial o intelectual.
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E.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA |
- El beneficiario de esta ayuda presentará, tras la realización de la actividad divulgativa, la memoria justificativa de la actividad y la justificación económica de la ayuda concedida, a través de la aplicación WIDI, para su evaluación por la CI-UCA, así como un resumen en un formato normalizado de la convocatoria. Para la el informe económico se utilizará un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma, obtenido del programa de Gestión Económica de la UCA.
- El periodo de justificación se extenderá del 01 de enero de 2022 y al 31 de enero de 2022.
- La Memoria Justificativa de la Actividad deberá seguir el modelo adjunto.
- En caso de ser necesario, este servicio solicitará al responsable de la organización de la actividad la documentación adicional que necesite oportuna al objeto de cerrar adecuadamente dicha justificación.
- Los remanentes disponibles a la fecha de finalización del período de justificación serán reintegrados a los fondos correspondientes al Plan de Apoyo a la Difusión y Divulgación de la actividad científica, no permitiéndose en ningún caso la imputación de cargos posteriores.
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G.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS |
- Destinar la ayuda a realizar la actividad prevista en la solicitud.
- Coordinar y ejecutar la puesta en marcha de la actividad motivo de financiación. Se comunicará a la UCC+i las fechas de ejecución de las acciones así como sus posibles variaciones con el objetivo de que esta Unidad pueda dar respaldo en materia de comunicación a la misma.
- El responsable de la acción deberá facilitar imágenes de la celebración de las actividades a la UCC+i en el caso de que fuera necesario.
- Solo se financiarán aquellos gastos ocasionados por las actividades de carácter divulgativa, excluyéndose los gastos relacionados con actividades de carácter protocolario y representación, los gastos de personal o aquellos relacionados con el material inventariable (muebles, material de laboratorio, material electrónico o de otro tipo superior a los 300€).
- No se podrá gastar más de un 30% de la ayudad concedida en merchandising, dípticos, folletos, enaras cartelería, impresión o materiales para impresión de cartelería o acciones similares que sea de carácter publicitario.
- En caso de que existan convocatorias externas para el apoyo a la organización de actividades de divulgación y el responsable de la actividad haya solicitado alguna de ellas, éste debe hacerlo constar en su solicitud.
- Con la concesión de la ayuda el solicitante accede a la publicación de dicho resumen en la memoria anual de actividades de divulgación de la UCA.
- Asimismo, se compromete a publicitar convenientemente, durante la realización de la actividad y en el material generado para la misma, tanto al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica como a la Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i) de la UCA.
- Serán susceptibles de apoyo todos aquellos eventos que se celebren tanto dentro como fuera de las instalaciones de la Universidad de Cádiz, siempre y cuando el responsable de la organización de la misma sea miembro activo de la UCA.
- El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la revocación de la ayuda y la devolución integra de la cuantía concedida al Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica.
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H.- UNIDADES RESPONSABLES |
Unidad académica responsable: VPCT
Unidad gestora responsable: UCC+i |