Ayudas para estudiantes de Doctorado y Máster en materia de Transferencia
Objeto
Las ayudas para estudiantes de doctorado en materia de transferencia y la realización de tesis en empresas está directamente relacionada con el OE1 del PEUCA: “Garantizar la adecuada correspondencia de la oferta formativa con los intereses y oportunidades de nuestra comunidad académica y del entorno socioeconómico”, y dentro de la LA 1.3.: Reforzar las escuelas de Doctorado.
Uno de los grandes problemas para aumentar el número de proyectos de innovación y colaborativos con empresas es aumentar el número de investigadores que se inclinan por trabajar con las empresas. Esa cultura de unir investigación e innovación debe promocionarse e inculcarse en el periodo de formación de los nuevos investigadores, dentro del OE5, reforzando la AP 5.1.6. Por ello ese esencial fomentar la participación en eventos de transferencia y encuentros con empresas desde el inicio de la carrera investigadora. De hecho, dentro de los programas de doctorado de la UCA los alumnos deben realizar cursos de formación donde tienen cabida la asistencia a workshops, conferencias, y actividades de investigación directamente relacionadas con la transferencia de resultados.
Esta actuación está encaminada a sufragar parte de los gastos de los estudiantes de máster y doctorado a este tipo de actividades de transferencia de resultados, tales como asistencia a conferencias de empresa, ferias de transferencia, etc.
Beneficiarios
Estudiantes de máster y doctorado.
Tipos de ayudas
- Participación en eventos de transferencia
- Reuniones con empresas para participar en proyectos de I+D+i.
- Asistencia a workshops con empresas relacionados con la transferencia de resultados.
Condiciones de las ayudas
Se considerarán elegibles los costes relacionados con las actividades recogidas en el bjeto, que sean necesarios realizar desde 01/01/2016 al 31/12/2016, distribuidos en los siguientes conceptos de gastos:
- Viajes y dietas.
Presentación de las solicitudes
La solicitud deberá ir acompañada de:
- Memoria justificativa de la actividad en el ámbito de la transferencia.
- Presupuesto detallado de la actividad.
Cuantía y criterios
El importe máximo por solicitud será de 700€.
Justificación de la ayuda
En un plazo no superior a 15 días naturales tras la finalización de la actividad, los beneficiarios deben presentar:
- Memoria final de la actividad.
- Justificantes de los gastos subvencionados (facturas, liquidaciones de dietas, tiques, etc.).
En el caso de facturas en moneda extranjera, deberán acompañarse de fotocopia del BOE indicando el cambio oficial correspondiente a la fecha de expedición de la factura.
Periodo de solicitud
Durante todo el año.
Unidad académica responsable: VTIT.
Unidad gestora responsable: SRE.
Recursos
Contra las propuestas de la Comisión de Investigación, se podrá interponer recurso de lzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, si la resolución fuera expresa, o de tres meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sin perjuicio de lo anterior, contra la Resolución del procedimiento de concesión cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
administrativo, en el plazo de dos meses, si la resolución fuera expresa, o de seis meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Disposición Adicional primera. Promoción de la igualdad de género
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas o colectivos incluida en estas bases, se entenderá aplicada al género gramatical neutro, incluyendo por tanto la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.
Disposición Final primera. Entrada en vigor
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el «BOUCA».
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