Incentivos para la lectura de la Tesis Doctoral
Aprobado por la Comisión de Investigación el 14 de diciembre de 2016
Objeto
Contribuir a financiar los gastos de edición (impresión y maquetación) ocasionados con motivo de la defensa de la Tesis Doctoral, así como incentivar la elaboración de Tesis con calidad científica de interés para la Universidad de Cádiz.
Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas aquellos investigadores que hayan realizado su Tesis Doctoral en los programas de Doctorado de la Universidad de Cádiz y que tengan o hayan tenido alguna vinculación contractual con la misma durante la anualidad 2017.
Condiciones de las ayudas
- Para optar a la presente ayuda será necesario que el solicitante haya formalizado el depósito de la Tesis Doctoral.
- Estas ayudas se otorgarán por una sola vez para un mismo candidato.
Presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOUCA y se cerrará el 15 de noviembre del 2017. Las solicitudes se presentarán tras el depósito de la Tesis Doctoral, y como máximo un mes después del acto de defensa.
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (https://widi.uca.es).
El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):
- Justificación documental del depósito de la Tesis Doctoral o, en su caso, de la defensa de la misma. Presupuesto de la actividad a realizar, con justificación documental.
- Declaración de no haber recibido otras ayudas, distintas a la solicitada, por el mismo concepto.
Sólo en el caso de haber solicitado incentivo por la calidad de la tesis: • Certificado de mención internacional o compendio de artículos:
- Certificado de mención internacional o compendio de artículos.
- Acreditación de calidad de los artículos aportados.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda/incentivo constará de dos niveles:
‐ En un primer nivel se financiarán los gastos de edición de los ejemplares de Tesis necesarios para el depósito y el tribunal, hasta un máximo de 100 €.
– En un segundo nivel, se incentivará la calidad de la Tesis Doctoral dotándola de una cantidad según los siguientes criterios:
- Tesis con mención internacional y por compendio de artículos de calidad (primer cuartil) o una producción de artículos equivalente, publicada en repositorios de indexación: En áreas de Ciencias Experimentales e Ingeniería y Arquitectura, indexación en el WOS; en áreas de Ciencias Sociales, Jurídicas y Humanísticas, indexadas en repositorios específicos de cada una de las áreas. Asignación de 1.000 € como incentivo.
- Tesis por compendio de artículos o una producción de artículos equivalente, todos ellos con indicios de calidad (primer cuartil), y publicados en repositorios de indexación: En áreas de Ciencias Experimentales e Ingeniería y Arquitectura, indexación en el WOS; en áreas de Ciencias Sociales, Jurídicas y Humanísticas, indexadas en repositorios específicos de cada una de las áreas. Asignación de 600 € como incentivo.
- Tesis por compendio de artículos todos indexados o una producción equivalente: en áreas de Ciencias Experimentales e Ingeniería y Arquitectura, indexación en el WOS; en áreas de Ciencias Sociales, Jurídicas y Humanísticas, indexadas en repositorios específicos de cada una de las áreas. Asignación de 300 € en calidad de incentivo.
En este último nivel, no será necesario justificar el incentivo, que será asignado directamente por el personal de Gestión de Investigación, una vez acreditados los méritos a valorar.
Justificación de la ayuda
En el plazo máximo de un mes tras la realización de la actividad, los beneficiarios deberán presentar a través de la aplicación WIDI:
a) Justificación documental que acredite la presentación de la Tesis Doctoral y, en su caso, de las demás actividades realizadas. Justificantes económicos: facturas por el importe de la producción de los ejemplares necesarios para el depósito y tribunal.
Disposición Adicional primera. Recursos contra la convocatoria
Contra las resoluciones de la Comisión de Investigación, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Rector de la Universidad de Cádiz en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo anterior, contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo de Cádiz en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de la misma de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin que en, este último caso, pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Disposición Adicional segunda. Promoción de la igualdad de género
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas o colectivos incluida en estas bases, se entenderá aplicada al género gramatical neutro, incluyendo por tanto la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.
Disposición Final primera. Entrada en vigor
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el «BOUCA».
Para accedera a la solicitud telemática pinche aquí .