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UniversidaddeCádiz
Plan propio de estímulo y apoyo a la Investigación y Transferencia

Contratos posdoctorales asociados a Grupos de alto nivel productivo

Aprobado por la Comisión de Investigación el 14 de diciembre del 2016 

Objeto

El objetivo de esta actuación es el de fomentar las estancias del PDI en centros de investigación de reconocido prestigio no pertenecientes a la UCA. Quedan excluidas de este tipo de ayudas las estancias que tengan por objeto la consulta de fondos bibliográficos o de archivos que se encuentren digitalizados.

Beneficiarios

Podrán solicitarla los investigadores de la UCA que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos:

– Los investigadores que estén realizando la Tesis Doctoral en un programa de doctorado de la UCA mediante un contrato, y se encuentren, al menos, en su segundo año de contrato, así como profesores no Doctores de los recogidos en el apartado 3 del Programa de Fomento e Impulso de la Investigación y la Transferencia en la Universidad de Cádiz (2016-2017).

– Los investigadores Doctores que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  • Haber dirigido una Tesis Doctoral que haya sido defendida con posterioridad al 1 de enero de 2013.
  • Para investigadores pertenecientes a áreas de conocimiento de Ciencias experimentales, áreas técnicas o Ciencias de la Salud, haber publicado, al menos, un artículo en revistas recogidas en el Journal Citation Report (Science Edition o Social Sciences Edition) o en el ISI Web of Science, con posterioridad al 1 de enero de 2013.
  • Para investigadores pertenecientes a áreas de conocimiento de Humanidades, o de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas, haber publicado, al menos, un artículo en revistas recogidas en el Journal Citation Report (Science Edition o Social Sciences Edition) o en el ISI Web of Science, o un libro o capítulo de libro en una editorial incluida en el Scholarly Publishers Indicators (SPI‐CSIC), con posterioridad al 1 de enero de 2013.
  • Ser miembro del equipo de investigación de un proyecto de investigación financiado en convocatorias públicas (Plan Nacional, Proyectos Excelencia o Proyectos Europeos), que esté en vigor o haya finalizado hace menos de 1 año.
  • Ser investigador responsable de un proyecto de investigación financiado en convocatorias públicas (Plan Nacional, Proyectos Excelencia o Proyectos Europeos) solicitado en la última convocatoria, tanto si se encuentra en evaluación como si hubiese sido denegado.

Condiciones de las ayudas

Las características principales de estas ayudas se indican a continuación:

  • La ayuda financiará estancias que se desarrollen total o parcialmente en el año 2017.
  • Se podrán financiar asimismo estancias que tengan su comienzo en el primer trimestre del año 2018.
  • La duración mínima de la estancia deberá ser de tres semanas.
  • No se concederá más de una ayuda de este tipo por solicitante en la misma convocatoria.
  • Los solicitantes deberán concurrir o haber concurrido a las convocatorias de movilidad similares subvencionadas por los organismos nacionales o autonómicos. Se considerarán incluidos aquellos que por haber disfrutado de alguna de estas ayudas estén aún en el periodo de carencia. En caso de resultar adjudicatarios de ambas ayudas, la cuantía total a percibir podrá superar el máximo estimado para cada zona geográfica, recogido en el apartado 5 de esta ayuda, en un 15%, debiéndose en su caso reintegrar la cantidad que corresponda.

Presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOUCA y se cerrará el 15 de noviembre del 2017. Las solicitudes podrán presentarse con anterioridad a la estancia, o tras su realización en el plazo máximo de tres meses tras la finalización de la estancia.

Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI (https://widi.uca.es).

El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación, (quedando excluido el recurso a Dropbox o a cualquier otro mecanismo de entrega electrónica de documentos):

  • Memoria explicativa de la actividad científica (acompañada en su caso de la autorización del director de la Tesis Doctoral).
  • Aceptación del centro receptor.
  • Presupuesto detallado de gastos, con justificación documental de los mismos.

Cuantía de la ayuda

El importe cubrirá los gastos según la siguiente tabla:

Ubicación
del Centro
Viaje
Dietas
Máximo
a percibir
ZONA 1
Hasta 100 € 40% Dieta correspondiente al país 1.630 €
ZONA 2
Hasta 200 € 40% Dieta correspondiente al país 1.730 €
ZONA 3
Hasta 400 € 40% Dieta correspondiente al país 2.730 €
ZONA 4
Hasta 800 € 40% Dieta correspondiente al país 3.810 €

 

Justificación de la ayudas

En un plazo no superior a un mes tras la realización de la actividad (o de la notificación de concesión si ésta fuera posterior), los beneficiarios deberán entregar, a través de la aplicación WIDI:

a) Certificado de la estancia que acredite su realización.

b) Acreditación documental de los siguientes gastos:

1. Desplazamiento (en el caso de justificar kilometraje deberán hacerlo según modelo disponible)

2. Alojamiento

c) Declaración Jurada de no haber justificado los gastos financiados por la presente ayuda por otra fuente de financiación. Caso contrario, la ayuda percibida deberá ser reintegrada.

Disposición Adicional primera. Recursos contra la convocatoria

Contra las resoluciones de la Comisión de Investigación, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Rector de la Universidad de Cádiz en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo de Cádiz en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de la misma de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin que en, este último caso, pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Disposición Adicional segunda. Promoción de la igualdad de género

En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas o colectivos incluida en estas bases, se entenderá aplicada a ambos géneros, incluyendo por tanto la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.

Disposición Final primera. Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el «BOUCA».

Para acceder a la solicitud telemática pinche aquí .