A.- OBJETO DE LA AYUDA |
El objeto de esta convocatoria es incentivar la excelencia en investigación de la Universidad de Cádiz, basándose en la calidad y productividad asociada investigadores de la UCA en diversas modalidades:
– Modalidad Joven Investigador, aquellos investigadores que tengan como máximo 40 años a la finalización del plazo de presentación de solicitud, en función de su actividad investigadora en los últimos cinco años. – Modalidad a la Mujer investigadora, aquellas investigadores, en función de su actividad investigadora en los últimos diez años. – Modalidad a la mejor contribución científica publicada en la última anualidad. Se adjudicará un premio por modalidad y por cada uno de los ámbitos de conocimiento (Ciencias, Ciencias de la Salud, Ingeniería y Arquitectura, Ciencias Sociales y Jurídicas y Arte y Humanidades). El área de conocimiento será determinada a criterio del solicitante. |
B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES |
Podrá participar en esta convocatoria el PDI doctor en servicio activo en la UCA que no haya recibido el presente premio en anualidades anteriores. |
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA |
No procede. |
D.- IMPORTE DE LA AYUDA |
No procede. |
E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar |
El Vicerrectorado competente efectuará una convocatoria en el primer trimestre de cada año. Los interesados presentarán sus solicitudes, acompañadas de Curriculum vitae en el que se indicarán las contribuciones, calidad de las mismas y méritos del candidato realizados en los cinco años anteriores al lanzamiento de la convocatoria. La Comunidad Universitaria podrá proponer investigadores que resalten por su excelencia investigadora. |
F. EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES |
En el momento de lanzamiento de la convocatoria se publicará la composición del Jurado propuesto por la Comisión de Investigación. El Jurado resolverá las solicitudes presentadas publicando su Resolución en el plazo máximo de un mes computado desde el día en el que se publica la lista de solicitudes definitivas.
El Jurado podrá dejar desierta la convocatoria. |
G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA |
No procede. |
H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS |
1. No tener abierto ningún expediente de reintegro por ayudas solicitadas con anterioridad al Plan Propio de Transferencia de la UCA
2. No tener ayudas del Plan Propio pendientes de justificación, que hubieran solicitado en convocatorias previas. |
I.- UNIDADES RESPONSABLES |
Unidad académica responsable: VI.
Unidad gestora responsable: SGI. |
Acceso a la solicitud pinchar AQUÍ