A.- OBJETO DE LA AYUDA |
El objetivo de esta actuación es mantener, potenciar y atender la protección de resultados de la investigación que se desarrolla en la UCA, mediante el registro de patentes y demás títulos de propiedad industrial e intelectual, tanto a nivel nacional como internacional, con la creación de un fondo que garantice avanzar en la creación de valor a partir del capital intelectual de nuestra universidad.
Mediante esta actividad se pretende poner en marcha una serie de acciones que permitan, entre otras cuestiones, incrementar la cultura de protección y explotación de los resultados de investigación; mejorar la calidad de las patentes y demás títulos de propiedad sobre los resultados de la investigación y aumentar el importe de los retornos derivados de la explotación comercial de los mismos. A través de esta modalidad de ayuda se financiarán, principalmente, los gastos imprescindibles para el registro de la propiedad industrial e intelectual, en cualquiera de sus modalidades. |
B.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES |
Serán beneficiarios de estas ayudas los investigadores o grupos de investigación de la Universidad de Cádiz, que como fruto de la investigación desarrollada en la Universidad, hayan generado resultados susceptibles de proteger mediante la solicitud de registros de propiedad industrial e intelectual. |
C.- DURACIÓN DE LA AYUDA |
La ayuda financiará la actividad que se desarrolle total o parcialmente en la anualidad. |
D.- IMPORTE DE LA AYUDA |
Para la concesión de estas ayudas se valorará principalmente su potencial explotación comercial, el tipo de resultado o tecnología a explotar, su nivel de desarrollo y su aplicación industrial. |
E.- PLAZOS Y SOLICITUDES. Documentación a presentar |
La notificación de invención o solicitud de tramitación del registro de propiedad industrial o intelectual, presentada por los investigadores autores del resultado a proteger, hará las veces de solicitud de ayuda.
Una vez notificada una invención o solicitada la tramitación de cualquier otro registro de propiedad industrial o intelectual, el Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica analizará el cumplimiento de los requisitos de protección. |
F. EVALUACIÓN DE LAS PETICIONES |
Cuando se cumplan los requisitos de protección, el Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica informará a la Comisión de Investigación y realizará los trámites necesarios para la presentación de la solicitud de registro de propiedad industrial o intelectual necesario, en función del resultado de la investigación a proteger en cada caso. |
G.- JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA |
La ayuda se justificará mediante la aportación de Impresos de abono de tasas o facturas por la prestación de servicios necesarias para el registro de propiedad industrial e intelectual necesario en cada caso. |
H.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS |
Los solicitantes se acogerán a las obligaciones establecidas en la normativa ad hoc. |
I.- UNIDADES RESPONSABLES |
Unidad académica responsable: VTIT.
Unidad gestora responsable: SPRE. |