Certificación de laboratorios y acreditación de ensayos
Objeto
Para realizar actividades de transferencia con algunas empresas, éstas exigen que las estructuras de la Universidad demuestren calidad en la prestación de servicios, mediante el cumplimiento de normas de calidad certificadas. Por ello es necesario apoyar a nuestros laboratorios, grupos y demás estructuras para que satisfagan los requerimientos concretos de calidad que las empresas necesitan, y posibilitar la firma de contratos de colaboración.
Estas ayudas van dirigidas a los grupos de investigación, institutos de investigación, laboratorios y demás estructuras de la Universidad de Cádiz, que presten o pretendan prestar servicios de carácter científico, técnico o artístico a entidades jurídicas o personas físicas, orientados a la implantación de sistemas de gestión de la calidad.
Este programa impulsa la transferencia de tecnología de valor añadido al sector empresarial, al tiempo que pone a disposición de las empresas recursos, infraestructuras de investigación, laboratorios y grupos de investigación, con las exigencias concretas de calidad que éstas necesitan.
El objetivo básico de este programa es el de regular el procedimiento de concesión de ayudas para la implantación de sistemas de calidad, revisiones periódicas del sistema de calidad, ampliación del alcance de la acreditación o certificación en estructuras dela UCA que presten sus servicios a empresas del entorno, participen en la transferencia de resultados de investigación generados en la UCA a la sociedad o pretendan comenzar a dar estos servicios próximamente.
Beneficiarios
De estas ayudas se podrán beneficiar los grupos de investigación, institutos de investigación, laboratorios y demás estructuras de la Universidad de Cádiz, que presten o pretendan prestar servicios de carácter científico, técnico o artístico a empresas y entidades, que exijan la certificación de sistemas de gestión de calidad o la acreditación de los ensayos o análisis que se realicen.
Tipos de ayudas
– Ayuda para elaborar documentación para la gestión del sistema de calidad y su implantación.
– Ayuda para revisiones periódicas del sistema de calidad.
– Ayuda para la ampliación del alcance de la acreditación o certificación.
Condiciones de las ayudas
- Sólo se concederá una única ayuda anual por estructura de la UCA solicitante. Se considerarán elegibles los costes relacionados con las actividades recogidas en el objeto de la convocatoria, que sean necesarios realizar desde el 01/01/2017 al 31/12/2017, distribuidos en los siguientes conceptos de gastos:
- 1. Material fungible.
- 2. Otros gastos (especialmente en concepto de tarifas relativas a gastos de tramitación de las solicitudes de certificación y acreditación, y coste del proceso de evaluación de los auditores en cada una de las actividades de evaluación).
Presentación de las solicitudes
La solicitud deberá ir acompañada de un presupuesto detallado y justificado, así como de un informe de previsión del impacto esperado, concretando la situación actual de implantación de su sistema de calidad y el alcance de la acreditación o certificación que posee.
Cuantía de la ayuda
Se concederá hasta un máximo de 2.000 euros por solicitud, respetándose los siguientes criterios de prioridad:
– Solicitudes para elaborar la documentación para la gestión del sistema de calidad y su implantación.
– Solicitudes que recojan la ampliación del alcance de la acreditación o certificación.
– Solicitudes que recojan revisiones periódicas del sistema de calidad.
Se valorarán positivamente aquellas solicitudes que procedan de grupos o laboratorios que cuenten con un historial previo de prestación de servicios a empresas del entorno.
Justificación de la ayuda
En un plazo no superior a 15 días naturales tras la finalización de la actividad, los beneficiarios deben presentar:
a) Las facturas de los gastos subvencionados. En casos excepcionales se admitirán justificantes de abono.
b) Un informe final, en el que se describan las mejoras obtenidas en su sistema de calidad y el impacto que éstas tendrán en el sector productivo, con indicación de las empresas que a partir de ese momento pasan a ser potenciales clientes.
En el caso de facturas en moneda extranjera, deberán acompañarse de fotocopia del BOE indicando el cambio oficial correspondiente a la fecha de expedición de la factura.
En el caso de facturas en moneda extranjera, deberán acompañarse de fotocopia del BOE indicando el cambio oficial correspondiente a la fecha de expedición de la factura.
Periodo de solicitud
A lo largo de todo el año.
Unidad académica responsable: VTIT.
Unidad gestora responsable: SRE.
Recursos
Contra las propuestas de la Comisión de Investigación, se podrá interponer recurso de lzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, si la resolución fuera expresa, o de tres meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sin perjuicio de lo anterior, contra la Resolución del procedimiento de concesión cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
administrativo, en el plazo de dos meses, si la resolución fuera expresa, o de seis meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Disposición Adicional primera. Promoción de la igualdad de género
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas o colectivos incluida en estas bases, se entenderá aplicada al género gramatical neutro, incluyendo por tanto la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.
Disposición Final primera. Entrada en vigor
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el «BOUCA».
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