Elaboración de prototipos y pruebas de conceptos
Objeto
A través de esta modalidad de ayuda se financian principalmente los gastos derivados de materiales, tanto fungibles como inventariables, imprescindibles para la creación de los prototipos de aquellos productos que hayan sido protegidos mediante patente, con objeto de que sirvan de demostración para la puesta en el mercado de la tecnologíaprotegida.
Igualmente pueden resultar financiables aquellas acciones relativas a estudios de viabilidad, la participación en ferias tecnológicas, así como la puesta en marcha de otros mecanismos de marketing tecnológico, que ayuden a conocer las posibilidadesde comercialización de los resultados protegidos por las patentes de la Universidad de Cádiz.
El objetivo es avanzar en la generación de valor a partir del capital intelectual, para que los inventores de la universidad puedan desarrollar prototipos de demostración o pruebas de concepto, que permitan el acercamiento del producto patentado al mercado y faciliten su comercialización, dentro del OE5; LA: 5.17).
Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas los grupos de investigación de la Universidad de Cádiz que tengan resultados de sus investigaciones protegidos previamente, con titularidad de la Universidad de Cádiz.ción desarrollada en la Universidad, hayan generado resultados susceptibles de proteger mediante la solicitud de registros de propiedad industrial e intelectual.
Tipos de ayudas
A través de esta modalidad de ayuda se financiarán, principalmente, los gastos imprescindibles para la creación de los prototipos de demostración y la realización depruebas de concepto de aquellas invenciones desarrolladas por investigadores de la Universidad de Cádiz, que hayan sido previamente protegidas, principalmente mediante solicitud de patente, con objeto de que sirvan de demostración para la puesta en el mercado de la tecnología protegida.
Excepcionalmente se podrá conceder ayudas para el desarrollo de prototipos y/o pruebas de concepto sobre invenciones para las que la Universidad aún no haya presentado la correspondiente solicitud de patente, que hayan sido debidamente notificadas mediante la presentación del correspondiente impreso de notificación de invención
https://www.uca.es/otri/portal.do?TR=A&IDR=1&identificador=1347
Condiciones de las ayudas
Se considerarán elegibles los costes relacionados con las actividades recogidas en el objeto de la convocatoria, que sean necesarios realizar desde el 01/01/2016 al31/12/2016, distribuidos en los siguientes conceptos de gastos:
– Material fungible.
– Material inventariable
– Otros gastos (especialmente en concepto de subcontratación).
Presentación de las solicitudes
Los interesados podrán presentar sus solicitudes de ayuda, acompañadas de la siguiente documentación:
– Memoria justificativa de la actividad.
– Presupuesto detallado de la actividad.
Cuantía de la ayuda
Se concederá hasta un máximo de 3.000 euros por solicitud.
Para la concesión de estas ayudas se valorará principalmente su potencial explotación comercial, el tipo de resultado o tecnología a explotar, su nivel de desarrollo y suaplicación industrial.
Justificación de la ayuda
En un plazo no superior a 60 días naturales tras la concesión de la actividad, los beneficiarios deben presentar:
– Memoria final de la actividad.
– Justificantes de los gastos subvencionados (facturas, tiques, etc.).
En el caso de facturas en moneda extranjera, deberán acompañarse de fotocopia del BOE indicando el cambio oficial correspondiente a la fecha de expedición de la factura.
Periodo de solicitud
Durante todo el año.
Unidad académica responsable: VTIT.
Unidad gestora responsable: SRE.
Recursos
Contra las propuestas de la Comisión de Investigación, se podrá interponer recurso de lzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, si la resolución fuera expresa, o de tres meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sin perjuicio de lo anterior, contra la Resolución del procedimiento de concesión cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
administrativo, en el plazo de dos meses, si la resolución fuera expresa, o de seis meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Disposición Adicional primera. Promoción de la igualdad de género
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas o colectivos incluida en estas bases, se entenderá aplicada al género gramatical neutro, incluyendo por tanto la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.
Disposición Final primera. Entrada en vigor
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el «BOUCA».
Para acceder a la solicitud telemáticamente pulse aquí.